LA NULIDAD DIFERIDA DE LAS LEYES EN CASO DE OMISIÓN DE INFORMES AUTONÓMICOS PRECEPTIVOS

  • Miquel Pons Portella Abogado
Palabras clave: nulidad diferida, leyes, declaración de inconstitucionalidad, comunidades autónomas

Resumen

En el ordenamiento jurídico español, la nulidad se relaciona con la idea de invalidez radical y retroactiva. Sin embargo, sobre todo en estos últimos años, el Tribunal Constitucional viene haciendo uso de la posibilidad de retrasar la eficacia de una declaración de inconstitucionalidad, de modo que una ley nula siga siendo válida durante un determinado periodo de tiempo. La denominada «nulidad diferida» ha sido empleada recientemente en dos supuestos de infracción de la disposición adicional 3ª de la Constitución de 1978, sobre el régimen especial canario, lo que ha permitido que se ampliase su aplicación a otros casos de omisión, durante el procedimiento legislativo estatal, de informes autonómicos preceptivos.

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Publicado
2019-01-28
Sección
Artículos