Siguiendo las directrices marcadas por el artículo 11 del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado y por lo expuesto en el Reglamento de Enseñanzas Oficiales de Doctorado de la Universidad de La Laguna, la supervisión de tesis y el seguimiento de cada doctorando se implementará atendiendo a las siguientes consideraciones:
De lo expuesto se puede asegurar que existe una trazabilidad completa de la actividad desarrollada por el doctorando, supervisada por el director de tesis y la comisión académica, además de por la EDEP, pues queda todo ello registrado en la aplicación informática creada a tal fin, bajo la denominación Registro de Actividades y Plan de Investigación (RAPI).
Comisión académica
El programa de doctorado cuenta con una comisión académica cuyos miembros tienen dilatada experiencia en materia investigadora y que cumplen con los requisitos del Reglamento de Enseñanzas Oficiales de Doctorado de la Universidad de La Laguna.
Documento de compromiso y buenas prácticas en la investigación
Las funciones de supervisión de se establecerán mediante un compromiso documental, en modelo normalizado establecido por la EDEP, firmado el estudiante de doctorado, y las personas responsables de la dirección y tutorización. El compromiso debe ser firmado a la mayor brevedad posible después de la admisión y matrícula y, en todo caso, en el plazo máximo de seis meses desde la asignación de tutor o tutora y de director o directora de tesis.
El documento de compromiso, una vez suscrito por los intervinientes, será archivado en el expediente del estudiante.
Puede encontrar los documentos de compromiso de cada una de las universidades en los siguientes enlaces:
ULL: https://sede.ull.es/ecivilis-site/catalog/showProcedure/320ULPGC: https://escueladoctorado.ulpgc.es/doctorandos-ulpgc/procedimientos-academicos/compromiso-documental/