Doctorado en Nanociencia y Nanotecnología

Seguimiento del doctorando

Tutores de tesis doctorales

Una vez admitido y matriculado al programa de doctorado, a todos los doctorandos les será asignado por parte de la correspondiente comisión académica un tutor, doctor con experiencia investigadora acredita, ligado a la unidad o Escuela que organice el programa.

Dirección de las tesis doctorales

La CAD asignará a cada doctorando, en el plazo máximo de seis meses desde su matrícula, un director de tesis doctoral que podrá ser coincidente o no con el tutor. Esta asignación podrá recaer en cualquier doctor, con experiencia investigadora debidamente acreditada, con independencia de la Universidad, Centro o Instituto en la
que preste sus servicios.

Documento de compromiso doctoral

Con posterioridad a la formalización de la primera matrícula, el doctorando, la Universidad, el tutor, y si procede el director deberán de subscribir de forma conjunta el compromiso doctoral, relativo, entre otras cuestiones, al procedimiento de resolución de conflictos que se puedan plantear, a los aspectos relativos a la propiedad intelectual o industrial y, en general a las funciones de supervisión de la actividad investigadora del doctorando.

Documento de Actividades de Doctorado y plan de investigación

1. Una vez realizada la primera matrícula se materializará para cada doctorando el documento personalizado de actividades, donde se registrarán todas las actividades de interés para el desarrollo del doctorando, así como del desarrollo de la tesis, a efectos de revisión por el tutor y el director de la tesis y su evaluación por la CAD
correspondiente

2. Con anterioridad a que finalice el primer acto el doctorando elaborará un plan de investigación, avalado por el tutor y el director; este plan deberá incluir la metodología y los objetivos, los medios y la planificación temporal, así como el informe favorable de la Comisión de Ética en Investigación Experimental de la Universidad, en los casos señalados. Este plan se podrá mejorar a lo largo de su permanencia en el programa de doctorado y deberá ser avalado por el y por el director.

3. Serán objeto de evaluación por la Comisión de Ética los planes de investigación que incluyan la experimentación con humanos o con muestras biológicas humanas, la experimentación animal y la utilización de agentes biológicos patógenos u organismos modificados genéticamente

4. Anualmente la CAD evaluará el plan de investigación y el documento de actividades junto con los informes que deberá de emitir el tutor y el director. La evaluación positiva será requisito para poder continuar en el programa. En caso de evaluación negativa, que deberá ser motivada, el doctorando deberá ser nuevamente evaluado en el plazo de seis meses, para lo que se deberá elaborar un nuevo plan de investigación. Si se produce una nueva evaluación negativa, se dará de baja definitivamente al doctorando. Ante estas resoluciones que no agotan la vía administrativa, el interesado podrá interponer recurso de alzada, que se resolverá, previo informe de la Comisión de Estudios de Postgrado, el Rector/a o persona en quien delegue.

5. Para la matrícula de años sucesivos será necesario un informe favorable por parte de la CAD de este documento personal de actividades y del plan de investigación.

6. Estos documentos deberán de inscribirse y registrarse en la Unidad de Gestión de Tercer Ciclo del Centro de Postgrado. Debe aclararse que el procedimiento utilizado por la CAD de cada universidad para el control del documento de actividades de cada doctorando, la certificación de sus datos y la valoración anual del Plan de investigación es único para este programa de Doctorado interuniversitario.