Escuela Superior de Ingeniería y Tecnología

Programas de movilidad

Estudios de Informática

Introducción

La Red Universitaria de Asuntos Estudiantiles (RUNAE) de la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (en adelante Crue Universidades Españolas), actualmente Crue-Asuntos Estudiantiles, encargó a una comisión la realización de un anteproyecto para hacer realidad la movilidad de estudiantes entre centros universitarios españoles. Esta comisión confeccionó el documento SICUE, que una vez analizado por todos los vicerrectores que constituían la RUNAE, fue aprobado por el Pleno el día 8 de julio de 1999 en Castellón de la Plana. El 13 de julio de 1999 el documento fue aprobado por Crue Universidades Españolas. Los Rectores de las universidades españolas, el día 18 de febrero de 2000, firmaron un convenio marco para el establecimiento de este sistema de movilidad de estudiantes entre las universidades españolas. El documento SICUE y sus formularios fueron adaptándose en diversas reuniones.

La puesta en marcha de las estructuras que se recogen en el R.D 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, hizo necesaria la inclusión de referencias a los estudios de grado desde la convocatoria para el curso 2010/11.

Cada año, la Comisión de Seguimiento del Programa, formada por representantes de Crue-Asuntos Estudiantiles y de Crue-Internacionalización y Cooperación designados a tal efecto por sus respectivos comités ejecutivos, analiza la convocatoria del año anterior, revisa las aportaciones recibidas de las universidades e incorpora aquellas mejoras que permiten adaptar año tras año la convocatoria a las necesidades tanto de los estudiantes como de las universidades.

Acuerdos bilaterales

Se establecerán acuerdos bilaterales entre las distintas Universidades para determinar los centros, titulaciones, oferta de plazas y duración. Estos acuerdos tendrán el carácter indefinido siempre que no haya ninguna cancelación por una de las partes, lo que no impedirá formalizar acuerdos bilaterales nuevos o ampliar los ya existentes que tendrán que realizarse antes de la fecha indicada en cada convocatoria para que tengan validez en el siguiente curso académico. No obstante, se podrán firmar acuerdos a lo largo del año para comenzar su funcionamiento en un curso académico posterior.

Se recomienda a las universidades que amplíen el plazo interno de firma de convenios lo máximo posible, de forma que dicho plazo esté definido entre la fecha de lanzamiento de la convocatoria SICUE y el plazo límite establecido en el punto 1.1 del procedimiento resumido (31 de enero de 2018).

Cada Universidad designará una persona responsable de la ejecución y coordinación del programa en su institución. Se considera requisito imprescindible para participar en el sistema de intercambio SICUE tener previamente suscrito el correspondiente acuerdo bilateral con las distintas universidades.

Las Universidades comunicarán a la Secretaría Técnica del Programa SICUE (consultas.sicue@crue.org) aquellos acuerdos bilaterales que por extinción de las titulaciones dejan de estar vigentes.

Hasta el 2 de febrero de 2018 se podrán enviar a la Secretaría Técnica del Programa SICUE los acuerdos bilaterales firmados para la presente convocatoria cumplimentados en la plantilla del impreso E. No se admitirá ningún convenio o acuerdo bilateral recibido después de esta fecha. Una vez recibidas todas las modificaciones se publicará, con carácter provisional, el 7 de febrero de 2018, en la página web de Crue Universidades Españolas la relación de plazas ofrecidas por todas las universidades, con indicación de los centros y las titulaciones. En el plazo de 3 días hábiles, si se detectasen errores, las universidades podrán realizar alegaciones al listado publicado y deberán enviar de nuevo la plantilla (impreso E) modificada. Tras las modificaciones pertinentes, en su caso, el listado tendrá carácter definitivo.

En el curso 2018-2019 la duración de las estancias incluidas en los acuerdos bilaterales será de medio curso o de curso completo (en ambos casos la duración vendrá determinada por la organización académica de cada Universidad). Para el curso 2018-2019 se admitirán aquellos acuerdos bilaterales que ya estuvieran firmados con anterioridad, siguiendo la siguiente equivalencia: Medio curso (plazas firmadas para 3, 4, 5 o 6 meses) y curso completo (plazas firmadas para 9 meses o según establezca la organización académica de cada universidad). Las universidades de origen y destino, conforme a esta equivalencia, podrán acordar la duración concreta de la estancia de cada intercambio, que quedará especificada en el acuerdo académico (Impreso C).

Las Universidades se comprometen a informar a la Secretaría Técnica del Programa SICUE sobre cualquier cambio que se produzca en los responsables institucionales del Programa, a fin de que se pueda mantener actualizado el Directorio de Coordinadores por Universidad y poder así funcionar como un cauce efectivo de información.

Todas las Universidades participantes en el Programa se comprometerán a elaborar un documento informativo para todos sus estudiantes, que les permita conocer con profundidad las ofertas académicas en otras universidades y los requisitos de acceso a este programa de movilidad.

Acuerdos vigentes

La ESIT tiene actualmente vigentes los siguientes acuerdos bilaterales:

Universidad Grado en Meses Nº de plazas
1 Alcalá Ingeniería Informática 5 4
2 Autónoma de Madrid Ingeniería Informática 5 1
9 2
3 Complutense de Madrid Ingeniería Informática 5 1
9 1
4 d’Alacant
(Alicante)
Ingeniería Informática 5 2
5 Granada Ingeniería Informática 9 4
6 Las Palmas de Gran Canaria Ingeniería Informática 9 2
7 León Ingeniería Informática 9 2
8 Les Illes Balears Ingeniería Informática 9 2
5 2
9 Lleida Ingeniería Informática 9 2
10 Málaga Ingeniería Informática 9 2
11 Murcia Ingeniería Informática 9 3
12 Oviedo Ingeniería Informática del Software 9 2
13 País Vasco Ingeniería Informática 9 1
5 1
9 2
14 Politècnica de Catalunya Ingeniería Informática 9 2
15 Politécnica de Madrid Matemáticas e Informática 9 1
Ingeniería Informática 9 2
Ingeniería del Software 9 2
Ingeniería de Computadores 9 2
16 Politècnica de València Ingeniería Informática 9 2
17 Rovira i Virgili
(Tarragona)
Ingeniería Informática 9 2
18 Salamanca Ingeniería Informática 9 2
19 San Jorge
(Zaragoza)
Ingeniería Informática 9 2

Acuerdos académicos (Impreso C)

La movilidad del estudiante se basará en el Acuerdo Académico (Impreso C). Este documento describirá la actividad a realizar en el centro de destino que será reconocida automáticamente por el centro de origen.

El número de convocatorias a las que tiene derecho el estudiante serán las que se llevan a cabo en la universidad de destino para esa asignatura y curso académico. Se podrán cursar optativas del plan de estudios de la universidad de destino, no incluidas en el plan de estudios de la universidad de origen, incorporándolas posteriormente al expediente del alumno en la universidad de origen como optativas.

El acuerdo académico aceptado por las tres partes implicadas (alumno, centro de origen y centro de destino) tendrá carácter oficial de contrato vinculante para los firmantes y sólo podrá ser modificado en el plazo de un mes a partir de la incorporación del estudiante al centro de destino.

Siempre y cuando no contravenga la normativa interna de la universidad de origen y el coordinador académico de dicha universidad así lo autorice, se podrá incluir en el acuerdo académico, como máximo, una asignatura calificada como suspensa con anterioridad. En el caso de las asignaturas no presentadas, estas tendrán el mismo tratamiento que si se diera en la universidad de origen, tanto a efectos de calificación como a efectos de convocatoria.

En caso de que el alumno desee incluir en el intercambio SICUE una materia que no se encuentra en la titulación objeto del acuerdo académico, podrá cursarla en titulaciones afines con las que no haya acuerdo, previa autorización de todos los coordinadores de la universidad de destino implicados, limitando dicha posibilidad de matriculación a una materia como máximo.

En el acuerdo académico se especificará la duración concreta de la estancia, según lo determinado en el acuerdo bilateral entre la universidad de origen y destino, y conforme a la equivalencia especificada en el apartado B para el curso 2018-2019.

No obstante, cuando la plaza obtenida por el alumno corresponda a una estancia de un curso completo podrán autorizarse acuerdos académicos para estancias de medio curso (3, 4, 5 o 6 meses en función de la organización académica de cada universidad), y viceversa, es decir, de medio curso a curso completo, siempre y cuando los coordinadores de las universidades de origen y destino estén de acuerdo, y no se incurra en agravio comparativo con ningún estudiante que haya solicitado plaza. Ambos coordinadores podrán, si fuera necesario, justificar su decisión de reducción o ampliación de la estancia mediante algún tipo de documento, y en todo caso, se hará constar dicha reducción o ampliación en el anexo del impreso C, en los cuadros reservados a tal efecto. La ampliación o reducción del acuerdo académico no supone una modificación de la duración de la movilidad en el correspondiente Acuerdo Bilateral.

El procedimiento con los acuerdos será el siguiente:

  1. En el momento de la solicitud del intercambio, el coordinador de la Universidad de origen firmará la solicitud de movilidad (impreso A) y asesorará al estudiante sobre los planes de estudio de la Universidad de destino
  2. Una vez concedido el intercambio SICUE, deberá cumplimentarse el acuerdo académico que será firmado por el Coordinador y el Decano o Director del centro de origen, y posteriormente por el Coordinador y el Decano o Director del centro de destino, por triplicado, para la Universidad de origen, la Universidad de destino y el estudiante.
  3. La duración de la estancia en la universidad de destino será como mínimo de medio curso y máximo de curso completo, debiéndose cumplir, en cada caso, los siguientes requisitos:
    • Un curso completo: para cursar un mínimo de 45 créditos
    • Medio curso: para cursar un mínimo de 24 créditos

    En aquellos supuestos en los que al estudiante le resten para finalizar sus estudios menos créditos que el
    mínimo exigido en cada tipo de estancia, podrá optar al intercambio si cumple el resto de requisitos.
    En el caso de los alumnos con grado de discapacidad igual o superior al 65%, se establece una menor carga
    lectiva:

    • Un curso completo: para cursar un mínimo de 24 créditos
    • Medio curso: para cursar un mínimo de 12 créditos

    En estos casos, las universidades de origen y de destino procurarán informar, coordinar y realizar el
    seguimiento más adecuado, a través de las personas responsables de movilidad y unidades de apoyo de
    alumnado con discapacidad, para el mejor desarrollo de los intercambios de estudiantes con discapacidad

  4. Un mismo beneficiario no podrá obtener más de un intercambio SICUE en la misma universidad, ni más de uno en cada curso académico.

Requisitos

Para optar a una plaza de intercambio SICUE el estudiante deberá cumplir los siguientes requisitos:

Créditos mínimos superados Créditos matriculados
Grado en Ingeniería Informática 45 30

Procedimiento de solicitud y plazos (Impreso A)

  1. Las universidades divulgarán la convocatoria entre sus estudiantes y darán máxima publicidad a la misma en el tiempo y forma establecidos con el fin de que se beneficie de este programa el mayor número de estudiantes posible.
  2. Los estudiantes que reúnan los requisitos mencionados en los apartados anteriores y deseen participar en el programa de movilidad SICUE, deberán presentar la solicitud de intercambio dentro del plazo establecido y conforme al procedimiento que establezca cada Universidad, el cual deberá garantizar:
    1. La presentación de las solicitudes dentro del plazo establecido
    2. la elección, por el estudiante, de hasta tres opciones.

    Cuando el procedimiento establecido por la Universidad requiera al estudiante que presente la copia del expediente académico en el que queden reflejadas las calificaciones obtenidas hasta 30 de septiembre de 2017, éste le deberá ser facilitado por la Universidad.
    La Universidad comprobará de oficio la matriculación del estudiante.

  3. Plazos: Del 13 de febrero al 13 de marzo de 2018, plazo nacional de solicitud de movilidad en todas las universidades de origen asociadas al progama SICUE.

Selección de candidatos

La selección de estudiantes se hará conforme a los requisitos especificados en el apartado A, en lo relativo a créditos superados. A los estudiantes que no cumplan estos requisitos les será denegada la petición sin entrar a valorar su expediente académico.

La selección de los estudiantes se llevará a cabo en función de la nota media de calificación. En caso de empate, siempre y cuando no se contradiga la normativa interna de la universidad, la cual prevalecerá en casos de conflicto, tendrá prioridad el alumno con mayor número de créditos con matrículas de honor. De continuar el empate, prevalecerán como criterios de prioridad el menor número de créditos suspensos y el mayor número de créditos superados, en ese orden. Para el cálculo de las notas medias se tendrán en cuenta las calificaciones obtenidas hasta el 30 de septiembre de 2017.

Se tendrá en cuenta únicamente la calificación obtenida en la última convocatoria, salvo el NO PRESENTADO que no computará en el numerador ni en el denominador.

La nota media del expediente académico de cada alumno se calculará de acuerdo con la siguiente fórmula:

suma de los créditos CALIFICADOS (esto es, créditos superados con cualquier calificación y créditos suspensos) al alumno multiplicados cada uno de ellos por el valor de las calificaciones obtenidas en la escala 0 a 10 y dividida por el número de créditos totales CALIFICADOS al alumno.

Para las asignaturas adaptadas se computará la calificación obtenida en el centro de procedencia y el reconocimiento de créditos en que no exista calificación no se tendrá en cuenta a efectos de ponderación.

En aquellos casos en que en un expediente no figure, en todas o algunas de las asignaturas, la calificación numérica, la calificación cualitativa de la asignatura se convertirá en cuantitativa mediante la aplicación del siguiente baremo:

Calificación Baremo
Matrícula de honor 10,0 puntos
Sobresaliente 9,0 puntos
Notable 7,5 puntos
Aprobado 5,5 puntos
Suspenso 2,5 puntos

La selección de los candidatos en cada Universidad de origen será realizada por una Comisión ad hoc presididapor el representante de la Institución. Las plazas se distribuirán por orden de puntuación. No se podránadjudicar más plazas que las aceptadas en los convenios bilaterales.

Se relacionarán los estudiantes por orden de puntuación dentro de cada universidad y titulación. La universidad de origen comunicará a los interesados la resolución de movilidad SICUE hasta el 27 de abril de2018 (inclusive). En el momento en que las universidades comuniquen la aceptación de movilidad se informaráa los estudiantes, en su caso, de la posibilidad de solicitar una beca en los términos que procedan.

Reclamaciones

En cada universidad se abrirá un plazo para efectuar reclamaciones de hasta 10 días hábiles desde la publicación de la resolución.

El interesado podrá reclamar ante el mismo órgano que la dictó, en dicho plazo, cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:

  1. Que se hubiera incurrido en error a causa de interpretación equivocada de los documentos aportados o de la valoración de su expediente académico
  2. Que aparezca o se aporten nuevos documentos de valor esencial para la resolución
  3. Que en la resolución hayan influido documentos de dudosa validez
  4. Otras circunstancias debidamente justificadas

Renuncias

  • Los estudiantes podrán renunciar a las plazas obtenidas. Si las renuncias se producen fuera del plazo establecido por la universidad, salvo motivo justificado o causa de fuerza mayor, quedarán excluidos de la posibilidad de intercambio durante un curso académico
  • En el caso de que se produjesen renuncias, el resto de candidatos que reúna los requisitos pasará a formar parte de las listas de espera, ordenadas por riguroso orden de puntuación, de acuerdo con los criterios establecidos en cada universidad. Estas renuncias sólo serán atendidas mientras no perjudiquen procesos posteriores.
  • Las universidades de origen deberán informar de las renuncias que se produzcan a las universidades de destino así como de cualquier modificación relativa al listado de estudiantes (impreso B) que hayan obtenido plaza SICUE en esa Universidad. Se sugiere que, en caso de modificaciones, se vuelva a enviar a la universidad de destino el impreso B actualizado.

Matrícula

Antes de efectuar la matrícula correspondiente en la universidad de origen, deberá estar firmado el acuerdo académico por la universidad de origen y el interesado. La matrícula se realizará en la universidad de origen, en las fechas que cada universidad determine. Los estudiantes deberán dirigirse a la unidad administrativa correspondiente de la universidad de destino, para que el acuerdo académico sea firmado por el coordinador antes de efectuar la matrícula en dicha universidad. Cumplidos estos trámites, se devolverá un ejemplar del acuerdo académico a la universidad de origen del estudiante en un plazo no superior a 40 días a contar desde su incorporación.

Los alumnos deberán cumplir todos los requisitos que solicita la universidad de destino como estudiante de movilidad en uno de sus centros. Para ello, se deberá informar al alumno, por parte de la universidad de destino, de la cumplimentación de todos los requisitos previos a la formalización de la matrícula.

Los alumnos podrán cursar asignaturas en las dos universidades, mientras dure el intercambio. En la universidad de origen podrán cursar asignaturas suspendidas, virtuales, a distancia, etc.

En el caso de las prácticas externas, se recomienda que las universidades reserven en sus procedimientos de adjudicación un número de plazas para los alumnos de movilidad SICUE de tal modo que no se vean perjudicados si, a la fecha de su incorporación al centro de destino, las prácticas externas ya hubieran sido adjudicadas.

En el caso de los trabajos de fin de grado, la asignación de tema y/o tutor, y la defensa del trabajo deberá hacerse conforme a los requisitos establecidos por la universidad de destino, por lo que los estudiantes participantes en el intercambio que quieran incluir el trabajo fin de grado en el acuerdo académico deberán ponerse en contacto con el coordinador de la universidad de destino para conocer estos requisitos.

Tanto en el caso de prácticas externas como de trabajos de fin de grado, las universidades deberán indicar la disponibilidad de poder llevarse a cabo las mismas con suficiente tiempo para no perjudicar los intereses del alumno objeto de movilidad. Asimismo, el alumno deberá contactar con antelación con los coordinadores de destino para conocer la viabilidad de las prácticas externas o del trabajo fin de grado, y su inclusión en el acuerdo académico.

Los estudiantes participantes en el intercambio abonarán las tasas de matrícula exclusivamente en el centro de origen.

Adscripción

Durante la duración del Programa de Intercambio, los estudiantes serán alumnos del Centro de origen a todos los efectos, teniendo los derechos académicos y obligaciones de los alumnos del centro de destino.

Reconocimiento de estudios

Para el reconocimiento de estudios deberá remitirse un certificado por estudiante con el formato del centro de destino debidamente firmado. Las matrículas de honor obtenidas en la universidad de destino deberán incorporarse al expediente académico del estudiante por la universidad de origen, ya que se enmarcan en el sistema de calificaciones regulado en el Real Decreto 1125/2003 de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

Certificado de llegada

El centro de destino, tan pronto se incorporen los estudiantes a las respectivas titulaciones, deberá comunicarlo al centro de origen, indicando la fecha de la incorporación.

Asimismo, el centro de origen, podrá solicitar al estudiante que, una vez incorporado en la Universidad de destino, remita el certificado de llegada (Impreso F) al centro de origen.

Cuadro de funciones

Representantes de la Universidad Funciones
Vicerrectorado correspondiente
  • Coordinar y promover SICUE en la Universidad
  • Encargado/a de la firma de acuerdos bilaterales
  • Convocatoria institucional
  • Presidir la selección de candidatos SICUE
  • Enviar los listados de coordinadores a la CRUE
  • Recepción de los estudiantes de intercambio
Representantes del Centro Funciones
Director
  • Coordinar y promover SICUE en los centros
  • Formar parte de la comisión de selección de candidatos, de ser el caso
  • Firmar el compromiso de estudios de los candidatos
  • Encargado de la firma del acuerdo académico
Coordinador de intercambio
(por centro o titulación)
  • Coordinar y promover la movilidad de los estudiantes de la(s) titulación(es)
  • Establecer contactos con coordinadores de otros centros universitarios
  • Proponer candidatos a la Comisión de Selección o formar parte de ella por delegación del Decano/a
  • Guiar al candidato/a durante la elaboración del Acuerdo académico
  • Recepción de estudiantes del Intercambio en colaboración con el Vicerrectorado encargado del programa por parte de la universidad
  • Encargado de la firma de los acuerdos
Secretario del Centro de destino
  • Firma de la certificación académica de los estudios

Servicio de Alumnado
Sección de becas, etc.

  • Gestionar y tramitar las solicitudes de movilidad

Becas y ayudas

Este programa de intercambio puede estar apoyado por becas autonómicas, de instituciones públicas o privadas. Las Universidades publicitarán estas convocatorias en tiempo y forma, y procurarán que los formularios difieran lo menos posible de los de este programa, para facilitar la solicitud de apoyo económico.

Plazos

El plazo de presentación de solicitudes y el resto de requisitos será el que se establezca en la convocatoria que haga el MCI (Ministerio de Ciencia e Innovación), que es publicada en el BOE y su página web.

Firma de acuerdos bilaterales: Hasta el 31 de ENERO de 2018
Publicación de las plazas ofertadas por las Universidades españolas: 7 FEBRERO de 2018
Plazo de solicitud de movilidad: Del 13 de FEBRERO al 13 de MARZO de 2018
Resolución de las solicitudes: Antes del 27 de ABRIL de 2018
Reclamaciones: 10 días naturales
(del 27  de ABRIL al 7 de MAYO)

Preguntas más frecuentes

Introducción

En el marco del nuevo Programa de Aprendizaje Permanente (LLP, Longlife Learning Program) en vigor desde el curso académico 2007-2008, ERASMUS+ es uno de los 4 programas sectoriales que dirige sus esfuerzos hacia la educación superior, a las universidades y a la formación profesional superior.

Las acciones de más éxito son las referidas a la movilidad, no sólo de estudiantes sino de profesores y personal de administración y servicios de las universidades.

Así destacamos la movilidad de estudiantes (estudio, formación y prácticas), movilidad de personal docente(docencia y formación) y movilidad de personal de administración de la institución educativa (formación). Por otro lado, también se desarrollan proyectos multilaterales encaminados al fomento de la cooperación entre las instituciones.

Los períodos de estancia para los que los alumnos pueden solicitar la movilidad son:

  • Estudios: 20 ECTS, para estancias de un trimestre (3 meses), 30 ECTS, para estancias de un semestre (4-6 meses), 45-60 ECTS, para estancias de un curso completo (9-12 meses), siempre ajustándose al periodo especificado en el convenio firmado entre la ULL y la institución de destino
  • Prácticas: duración mínima de dos meses y máxima de doce, en horarios de 25 a 40 horas semanales siempre comprendidas en el periodo 1 de junio de 2016 y el 30 de septiembre de 2017.

La concesión de estas plazas está condicionada a la formalización del Contrato Institucional entre la Agencia Nacional Sócrates y aquellas universidades en posesión de la Carta Universitaria Erasmus.

IMPORTANTE: : Para consultar información más actualizada del Programa de Movilidad Erasmus+, consultar en la sección Movilidad de alumnos salientes – estudios y en Movilidad de alumnos salientes – prácticas de la Oficina de Relaciones Internacionales (ORI).

Convenios bilaterales vigentes

Actualmente la ETSII tiene acuerdos con los siguientes centros:

 

ESTUDIANTES
País Universidad ¿Confirmado? Matrícula Meses Nº de plazas Idioma
Alemania Albert-Ludwigs-Universität Freiburg 2008-2014 Proyecto 10 2  Alemán/ Inglés
Fachhochschule für Technik und Wirtschaft (Berlín) 2010-2014 Proyecto 10 2  Alemán/Inglés
Hochschule Fulda 2007-2014 Proyecto 6 2  Alemán/Inglés
Austria Technische Universität Wien (Viena) 2012-2018 Asignaturas y Proyecto    Doctorado     10                 9      1                    1  Alemán/Inglés
Bulgaria The University of Rousse (Rousse) 2007-2014 Doctorado 6 2 Bulgaro/Inglés
Eslovenia Univerza V Mariboru (Maribor) 2011-2014 Proyecto 10 2  Esloveno/Inglés
Grecia Technological Educational Institute of Epirus (Arta) 2009-2014 Proyecto 6 2 Griego/ Inglés
Irlanda University College Cork (Cork) 2009-2014 Asignaturas y Proyecto 9 1 Inglés
Italia Università degli Studi di Bergamo 2008-2014 Asignaturas y Proyecto 10 2  Italiano
Università degli Studi di Catania (Catania, Sicilia) 2009-2014 Asignaturas y Proyecto 6 2  Italiano
Università di Torino (Turín) 2012-2014 Asignaturas y Proyecto 10 1  Italiano
Università di Pisa (Pisa) 2008-2014 Doctorado 3 1  Italiano
Letonia Riga Technical University (Riga) 2007-2014 Doctorado 5 1 Letón/Inglés
Vidzemes Augstskola (Valmiera) 2010-2014 Doctorado 5 1  Letón/Inglés
Reino Unido University of Hertfordshire (Hatfield) 2007-2014 Asignaturas y Proyecto 9 2  Inglés
Suecia LinnaeusUniversity (Antigua Växjö University) 2010-2014 Asignaturas y Proyecto 10 2 Sueco/Inglés

 

PROFESORES (5 horas/semana mínimo)
Para más información: Movilidad de profesores / docencia
País Universidad ¿Confirmado? Semanas Nº de plazas
Alemania Albert-Ludwigs-Universität Freiburg 2008-2014 2 1
Fachhochschule für Technik und Wirtschaft (Berlín) 2010-2014 1 1
Hochschule Fulda 2007-2014 1 3
Austria Technische Universität Wien (Viena) 2012-2018 2 1
Bulgaria The University of Rousse (Rousse) 2007-2014 2 2
Eslovenia Univerza V Mariboru (Maribor) 2011-2014 2 1
Grecia Technological Educational Institute of Epirus (Arta) 2009-2014 1 1
Italia Università degli Studi di Bergamo 2008-2014 1 1
Università degli Studi di Catania (Catania, Sicilia) 2009-2014 1 1
Università di Torino (Turín) 2012-2014 1 1
Letonia Riga Technical University (Riga) 2007-2014 1 1
Vidzemes Augstskola (Valmiera) 2010-2014 1 1
Reino Unido University of Hertfordshire (Hatfield) 2007-2014 1 1
Suecia Linneaus University (Antigua VäXjö) 2010-2014 1 1

Requisitos para disfrutar de una movilidad Erasmus

Los alumnos interesados en solicitar y participar en el programa Erasmus deberán de cumplir los siguientes requisitos:

  1. Los candidatos deberán estar matriculados en un programa de estudios oficial de la ULL,  que concluyan con la obtención de un título de enseñanza superior, incluidos los estudios de doctorado, reconocidos de conformidad con los procedimientos de cada país participante.
  2. El estudiante debe poseer la nacionalidad correspondiente a cualquiera de los veintisiete Estados miembros de la Unión Europea, de los integrantes del Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza), además de Turquía, o estar en posesión de un permiso de residencia válido en España durante el período en que vaya a realizar su estancia de estudios ERASMUS en la Universidad de destino o prácticas ERASMUS en la Institución/Empresa de destino. 
  3. Sólo podrán recibir la credencial ERASMUS para movilidad de estudios y/o de prácticas, los estudiantes que estén matriculados como mínimo en el segundo año de un plan de estudios de grado o enseñanza superior y hayan superado el primer curso o su equivalente en créditos (60 ECTS) en el caso de Grado.
  4. Los candidatos deberán acreditar el nivel lingüístico requerido por las Universidades de destino solicitadas o por las empresas en destino, dependiendo de la movilidad sea de estudio o de prácticas. No obstante, se establece un nivel mínimo de B1 en lengua inglesa para todos los candidatos seleccionados.
  5. Cumplir las condiciones que la Escuela haya acordado en cuando a centro, ciclo y/o especialidad y curso académico, señalados para cada uno de los destinos, en el caso de la movilidad de estudios.
  6. Los candidatos a una movilidad de estudios deberán estar en disposición de poderse matricular en el curso para el que solicita la movilidad, del número mínimo de créditos o asignaturas equivalentes a la duración del período de movilidad establecido en la Normativa que regula los procedimientos de los Programas de Movilidad Internacional y que se fija en un mínimo de 20 ECTS por trimestre30 ECTS para un semenstre y de 45 a 60 ECTS para el curso completo. En el caso de la movilidad de prácticas, los candidatos deberán estar en disposición de poderse matricular del período de prácticas a realizar en el curso para el que solicita la movilidad.
  7. No se concederán plazas Erasmus a estudiantes que hayan recibido una ayuda de este tipo en años anteriores, tanto para estudios como para prácticas, y en el caso de la movilidad de prácticas, tampoco aquellos que hayan disfrutado de una beca del Programa Leonardo da Vinci.
  8. Los candidatos deberán tener una nota media mínima de 1.5 en el expediente académico para poder ser seleccionados.
  9. Los intercambios de los estudiantes propuestos para la movilidad de estudios se basarán en acuerdos interinstitucionales entre la ULL e instituciones de enseñanza superior en posesión de una Carta Universitaria Erasmus.

Documentación para solicitar una plaza Erasmus de Estudios

El alumno interesado en cursar asignaturas/materias en otra universidad europea bajo la acción Sócrates/Erasmus, deberá cumplimentar la Solicitud de Movilidad y entregarla en la Secretaría de la Escuela, junto al resto de la siguiente documentación:

  1. Solicitud debidamente cumplimentada por medios electrónicos, autorizando la emisión del extracto de su expediente para obtener la nota media.
  2. Ficha de datos debidamente cumplimentada por medios electrónicos.
  3. Fotocopia del DNI.
  4. Fotocopia del resguardo de matrícula.
  5. Certificado de acreditación de conocimiento del idioma del país de destino, expedido por alguna de las entidades que recoge el Anexo I.
  6. Declaración responsable de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la seguridad social. Véase modelo en el fichero adjunto al final de la página.
  7. Memoria en inglés (2 folios como máximo), indicando las razones por las que desea participar en el programa Erasmus.
  8. Los alumnos que hayan realizado traslado de expediente a la ULL deberán presentar copia compulsada del certificado académico de la universidad en la que hayan realizado sus estudios.
  9. Los alumnos que no tengan la nacionalidad de algunos de los países de la Unión Europea sino un permiso de residencia, deberán entregar una fotocopia cotejada de dicho documento.

Plazos de presentación de solicitudes

Las fechas para presentar las solicitudes junto a la documentación antes indicada son del 11 de ENERO al 8 de FEBRERO 2013.

Proceso de selección de candidatos

Con carácter general se valorará:

  1. El expediente académico según la media reflejada en el certificado de notas o extracto de expediente según la siguiente fórmula:a: Créditos superados ITI.
    b: Créditos requeridos ITI.
    c = a / b: Ratio Créditos superados / Créditos requeridos ITI.
    d: Nota media ITI.
    e: Créditos superados Ing. Superior
    f = e / 150: Créd. superados Ing. Superior / 150 créditos totales.
    g: Nota media Ing. Superior.

    Fórmula final:    h = c * d + f * g

  2. La preparación lingüística del idioma del país de destino.
  3. La adecuación del perfil del alumno al centro de destino.

El alumno será seleccionado para una sola movilidad por curso académico.

Una vez finalizado el proceso de selección se publicará en el tablón de anuncios de la Escuela la relación de estudiantes seleccionados en cada destino y la relación de suplentes.

Los alumnos no admitidos tendrán un plazo de 10 días naturales para presentar su reclamación en la secretaría de la Escuela.

En ningún se cambiará el destino una vez que el alumno tenga su credencial Erasmus.

Alumnos seleccionados

Los alumnos seleccionados para disfrutar de una beca de movilidad Erasmus deberán consultar en la página web de su universidad de acogida los plazos de inscripción y descargar, en su caso, si así lo exige la institución de acogida, los modelos de Solicitud de Admisión (Student Application Form) y Contrato de Estudios (Learning Agreement) para cumplimentar con sus coordinadores. En caso de no encontrar dichos documentos se pueden utilizar los impresos disponibles en nuestra página web, aunque siempre es preferible presentar los formularios propios de cada una de las universidades de acogida.

Fechas a tener en cuenta para los estudiantes seleccionados:

  1. 31 de MARZO: Renuncia del alumno en la ORI.
  2. 1-15 de ABRIL: Adjudicación de plazas a suplentes en la ORI.
  3. Desde el 20 de ABRIL: Entrega de la Credencial de alumnos Erasmus en la ORI.
  4. 1 de JUNIO al 31 de JULIO: Cursos de preparación de lenguas extranjeras.

Compromisos asociados a la acción Erasmus

  1. El estudiante abonará las tasas de matrícula en la ULL de todas las asignaturas que figuren en el Reconocimiento Académico Previo, y estará exento del pago de las mismas en la universidad de acogida (no forman parte de las tasas de matrícula los seguros, las cuotas de asociaciones de estudiantes y otros gastos).
  2. A su vez, la ULL se comprometerá a reconocer los estudios cursados en el extranjero según el acuerdo que es establezca entre el coordinador de centro o director, y el estudiante, previo al inicio de sus estudios en la universidad de destino.

Antes de su marcha

La documentación a presentar en la Oficina de Relaciones Internacionales (ORI) de la ULL es la siguiente:

  1. Fotocopia del DNI.
  2. Una fotografía.
  3. Fotocopia de la acreditación bancaria en que figure el número de cuenta corriente (el alumno deberá figurar como titular o cotitular de la cuenta).
  4. Ficha de datos (impreso MOD01): donde figurarán sus datos personales, número de cuenta bancaria donde se le ingresará el importe de la ayuda, universidad de destino, periodo de estancia, y demás datos necesarios para la realización de los informes y memorias para la Agencia Nacional Sócrates y la Unión Europea, y para el pago de las ayudas Erasmus.
  5. Solicitud de Admisión (impreso MOD02): en el que se dispondrán los datos referentes a la universidad de origen, universidad receptora, coordinador Sócrates y demás datos de interés del solicitante para la correcta tramitación de la misma.
  6. Convenio financiero (impreso MOD03): firmado por duplicado, por el que se compromete a aportar, una vez finalizado el periodo de estudios y en todo caso antes del 30 de JULIO, la documentación justificada de la ayuda Erasmus. Podrá obtener el CÓDIGO Erasmus consultando nuestra página web o directamente en la ORI.
  7. Contrato de estudios (impreso MOD04): en el que se especificarán todas y cada una de las materias a cursar debiéndose de especificar correctamente los códigos, nombres de las asignaturas y créditos ECTS. Deberán estar firmado por el alumno y los correspondientes coordinadores.
  8. Reconocimiento académico previo (impreso MOD05): donde se especificarán las asignaturas acordadas con la Universidad/Institución que le acogerá durante el presente curso y que por parte de la ULL, le serán reconocidas, a condición de superar las pruebas pertinentes exigidas por la universidad receptora. Debe estar sellado y firmado por el coordinador de área, el departamental, además del Director de Centro o Presidente de la Comisión de Doctorado.

Una vez que el alumno presente en la ORI-ULL los impresos MOD04 y MOD05 correctamente firmados y sellados, el MOD04 será sellado y firmado por la Directora de Relaciones Internacionales, y se devolverán los originales (que deberá presentar al realizar la matrícula en su centro de estudios) junto con una copia. La ORI guardará, a su vez, una copia en el expediente del alumno.

Con la entrega de la documentación se dará a los alumnos la Credencial Erasmus necesaria para la inscripción en la universidad de acogida y para obtener el Formulario E-128 o la tarjeta Europea de Seguridad Social que les de acceso a los servicios sanitarios en el país receptor.

A su llegada a la universidad de destino

Los pasos a seguir son:

  1. Confirmación y registro de llegada (impreso MOD06)
  2. Importante para la tramitación de la ayuda Erasmus: el alumno deberá presentarse en la Oficina de Relaciones Internacionales de la Universidad de Destino, en donde sellarán, firmarán y pondrán fecha de llegada en el impreso MOD06. Entonces solicitará que sea enviado por fax a la ORI-ULL al número +34.922.319.494. No se tramitará la ayuda Erasmus hasta la recepción de este impreso por fax en la ORI-ULL. No olvidar el NIF.

Modificación de asignaturas

En caso de que el alumno una vez en el extranjero deba modificar su programa de estudios, por situaciones específicas como solapamiento de horarios o incompetencia lingüística, entre otras, deberá hacer llegar a la ORI-ULL los impresos Reconocimiento Académico (impreso MOD05) y Modificación del Contrato de Estudios ECTS (impreso MOD07), debidamente cumplimentados y firmados.

Dichos impresos deberán ser enviados al coordinador correspondiente de la ULL, debidamente cumplimentados y firmados por el coordinador de la Universidad extranjera y por el alumno. El coordinador de la ULL los firmará, así como el Director de Centro o Presidente de la Comisión de Doctorado y lo enviará a la ORI-ULL, para ser firmados por la Directora de Relaciones Internacionales. Finalmente, los impresos se le enviarán por fax al alumno a través de la Oficina de Relaciones Internacionales de la Universidad donde está realizando los estudios.

El alumno deberá comunicar el cambio de asignaturas a la secretaría de la Escuela, para la emisión de una nueva hoja de liquidación donde figurarán las modificaciones necesarias de las asignaturas, y en su caso, el incremento de créditos matriculados.

Prolongación de la estancia

Si el alumno desea prolongar su estancia en la Universidad de destino, deberá contactar con sus coordinadores para hacer llegar a la ORI-ULL un escrito donde conste la autorización por parte de los coordinadores de prolongar su estancia como alumno
Erasmus.

Calificaciones

A su regreso el alumno deberá presentar una Certificación Académica ECTS o Certificado de Notas equivalente a su coordinador Sócrates, quien realizará la conversión de las calificaciones. La no superación de estudios no implica sin embargo, la devolución de la ayuda económica.

Si el estudiante no pudiera disponer de la certificación de notas antes de su regreso, la universidad de acogida la enviará con posterioridad al coordinador Sócrates o directamente a la ORI, quien se la hará llegar al coordinador para su transferencia a la nota local. Los originales de las calificaciones extranjeras son para el alumno, debiendo obrar copia compulsada en la secretaría de la Escuela.

Independientemente de que el alumno se encuentre en una estancia Erasmus, tendrá la obligación del pago de su matrícula en los plazos estipulados en su hoja de liquidación, según lo previsto para el curso académico.

A su regreso a la ULL

El alumno, a su regreso, deberá presentar en la ORI-ULL antes del día 31 de JULIO del curso en que ha realizado la estancia la siguiente documentación como justificación de la ayuda Erasmus, tal y como consta en el Convenio financiero (impreso MOD03) firmado por el alumno antes de su partida:

  1. Certificado de asistencia (impreso MOD08): deberá contener el periodo de estudios y estar sellado y firmado en la universidad de destino. En este certificado debe constar claramente la fecha de comienzo y finalización de los estudios, que tiene que estar comprendida entre las fechas del viaje. La fecha de firma de la certificación debe coincidir con la del último día de la estancia, o posterior.
  2. Tapas de los billetes; o billete electrónico con reserva del billete y comprobantes de las tarjetas de embarque; o factura de la Agencia de Viajes y resguardo de las tarjetas de embarque; tanto para el viaje de ida como de vuelta, en la que conste claramente las fechas del viaje. Las fechas de ida y regreso de los billetes deben ser anterior y posterior, respectivamente, a las fechas de inicio y finalización del periodo de estancia en el MOD08, o coincidir con ellas.
  3. Informe del alumno (impreso MOD09).

Sólo en casos justificados y previa comunicación a la ORI-ULL, que dará o no el visto bueno, se podrá presentar la documentación anterior con fecha posterior al 31 de JULIO, pero en ningún caso después del 5 de SEPTIEMBRE.

Sólo cuando esta documentación esté presentada en la ORI quedará justificada la ayuda. Si el alumno no presenta esta documentación en los plazos establecidos, incumpliría el contrato firmado con la ULL antes de su partida, por lo que no podrá ser contabilizado dentro de la movilidad Erasmus de la ULL, procediéndose a la reclamación de las cantidades abonadas.

Renuncias

Las renuncias que se produzcan deberán hacerse por escrito en el plazo más breve posible a fin de que los suplentes puedan acceder a las plazas que queden vacantes.

El estudiante presentará la Carta de Renuncia (impreso MOD010) en la Secretaría de la Escuela, donde comunicará a su coordinador Sócrates su renuncia, el cual deberá de dar su visto bueno y remitirla a la ORI.

En el caso que el alumno realice la renuncia una vez que haya percibido la ayuda Erasmus, deberá además realizar la devolución de la totalidad de la ayuda si ha cubierto un periodo de estancia menor de 3 meses. Para estancias de más de 3 meses, el estudiante devolverá la parte proporcional de la ayuda no cubierta. El alumno deberá confirmar con la ORI el importe de la devolución.

Más información en Renuncia a la condición de Erasmus.

Becas y ayudas

La concesión de una ayuda Erasmus no supone la reducción ni la suspensión de las becas al estudio de carácter general para universitarios del Ministerio de Educación y Ciencia, ni las ayudas para la realización de estudios universitarios de la Comunidad Autónoma Canaria, así como de los Cabildos Insulares, que puedan obtener los alumnos para el mismo curso académico.

No son compatibles entre sí las ayudas Erasmus del Gobierno de Canarias y las que convocan los diferentes Cabildos, por lo que se recomienda que presenten ambas solicitudes y, en el caso de que se les concedan ambas, renuncie a la que menos le interese.

La ORI-ULL proporcionará la Credencial de la condición de Alumno Erasmus para estas becas (la credencial debe ser solicitada por el alumno, para cada caso concreto, con suficiente antelación), e irá colgando en su página web la información que se vaya recibiendo sobre becas de otros organismos específicas para alumnos Erasmus (Gobierno de Canarias, Fundación Mapfre Guanarteme, Cabildos, etc.).

NOTA: Las plazas convocadas en universidades suizas no recibirán financiación a través de la Agencia Nacional Sócrates/Erasmus. Sin embargo, serán financiadas directamente por el Gobierno suizo, según las indicaciones que establezca cada universidad.

Oficina de Relaciones Internacionales

Cada curso académico, la ORI convoca bolsas de viaje a Europa. El objeto de la convocatoria es la adjudicación de bolsas de viaje complementarias a las ayudas ofrecidas por la Unión Europea en el marco del Programa Sócrates.

Para acceder a estas ayudas los candidatos deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. Haber sido beneficiario, en el curso académico anterior, de una beca de carácter general para universitarios del Ministerio de Educación y Ciencia, o una beca de ayudas para la realización de estudios universitarios de la Comunidad Autónoma Canaria, sin límites de cuantía. En el caso de alumnos de tercer ciclo y doctorado, acreditar la condición de renta baja que se exige en el caso de las becas anteriores.
  2. Presentarse a la convocatorias generales de selección de alumnos Erasmus del centro, y resultar seleccionado para participar en el programa, conforme a los criterios de selección establecidos a tal fin por cada centro.

Las solicitudes se presentarán en la ORI mediante el modelo de instancia a tal efecto, que se podrá recoger en dicha oficina, debiendo adjuntarse la siguiente documentación:

  1. Fotocopia de la credencial de becario.
  2. Certificación académica personal o autorización para solicitar dicho documento al centro.

Más información en Cobro de la ayuda.

Gobierno de Canarias y Cabildos

El Gobierno Autónomo convoca becas y ayudas específicas para los estudiantes universitarios que vayan a realizar una movilidad Erasmus para cada curso académico, normalmente en el mes de julio.

Estas becas son compatibles con la ayuda Erasmus y con las becas para la realización de estudios universitarios del Ministerio de Educación y Ciencia.

Junto a ello también es posible el disfrute de las distintas subvenciones y ayudas ofertadas por cada Cabildo en el ámbito de sus competencias.

Becas de otros organismos

Más información en ORI de la ULL:

  1. Becas de la Fundación Canaria Mapfre Guanarterme.
  2. Ayuda a alumnos Erasmus con minusvalías graves.
  3. Cursos intensivos de idiomas Erasmus.

Servicio de Orientación para el Alumnado (SOPA)

En este servicio pueden obtener más información sobre becas y ayudas.

Cursos de idiomas

El Servicio de Idiomas de la Universidad de La Laguna ofrece cursos intensivos de algunos idiomas durante los meses de verano. Para más información consultar la página web.

Documentación recomendada en el extranjero

  1. Pasaporte o DNI.
  2. Hoja de matrícula de la ULL.
  3. Credencial de alumno Erasmus expedida por la ORI.
  4. Formulario E-128.
  5. Carné de Asistencia Sanitaria Europea.

Servicios sanitarios

Es necesario disponer de una acreditación que justifique el derecho a la asistencia sanitaria en el país de destino (FORMULARIO E-128). Existe regulación jurídica con los siguientes países europeos: Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Suecia y Suiza.

Este documento se solicita en el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS), presentando la tarjeta o cartilla sanitaria y la credencial del alumno Erasmus emitida por la ORI. Además, deberá ser validado en el país de destino según las indicaciones de la oficina Erasmus de la universidad extranjera.

 

Oficinas del INSS
C/ General Gutiérrez, nº 4, 38003 Santa Cruz de Tenerife, Tel: 922.601.300, Fax: 922.601.303
C/ San Agustín, nº 52, 38201 San Cristóbal de La Laguna, Tel: 922.259.802, Fax: 922.250.004/264.712

 

Para la tramitación de la correspondiente acreditación se requerirá adjuntar para la misma:

  1. DNI.
  2. Tarjeta Sanitaria donde aparezca como beneficiario (si el titular de la tarjeta sanitaria donde aparece el alumno no esta cotizando, el alumno, deberá aparecer en otra, donde si cotice el titular).

La duración de la acreditación se contempla en 1 año para hijos de trabajadores de Régimen General y en 4 años para hijos de pensionistas.

Para obtener información detallada referente a la tramitación de la acreditación para la asistencia sanitaria en países europeos, así como los requisitos necesarios para la misma, o las modificaciones que se establezcan, deberán dirigirse al propio INSS.

Los estudiantes que estén incluidos en el régimen especial de MUFACE, deberán dirigirse a sus compañías para recibir la información adecuada directamente de éstas.

Carnés internacionales

  1. Carné Joven Euro < 26.
  2. Carné ISIC.
  3. Albergues Juveniles.

Enlaces de información para estudiantes Erasmus

En breve se incluirán enlaces con información interesante sobre Erasmus.

Fechas importantes e impresos necesarios

  1. Plazo de entrega de solicitudes: del 11 de ENERO al 8 de FEBRERO de 2013.
  2. Selección de candidatos: Del 13 al 15 de FEBRERO.
  3. Reunión para coordinación de la selección: LUNES 18 de FEBRERO de 2013, a las 9:30 en el aula 2.3.
  4. Resolución provisional de las solicitudes: 18 de FEBRERO de 2013.
  5. Reclamaciones: 5 días naturales (Del 19 al 23 de FEBRERO de 2013).
  6. Proclamación definitiva de candidatos: el 28 de FEBRERO de 2013.
  7. Fecha de envío de toda la documentación a la ORI: 1 de MARZO de 2013.

Todos los documentos necesarios para la convocatoria se encuentran disponibles en la sección de impresos de la ORI, además de la Solicitud de Movilidad Erasmus de ETSII.

Preguntas más frecuentes

¿Quién envía los Application Form?

Los Application Form de las Universidades de destino los envía la ORI directamente. Para ello, el estudiantes debe ir a la ORI con los documentos originales.

Coordinador Internacional de Movilidad
José Francisco Sigut Saavedra
Teléfono: 922 31 96 32
Secretario
Tania Espinosa Benítez
Teléfono: 922 84 50 58
Comisión Internacional de Movilidad
Casiano Rodríguez Leon
Jonay T. Toledo Carrillo
Jonás Philipp Luke
Tania Espinosa Benítez