Doctorado en Estudios Interdisciplinares de Género

Seguimiento del doctorando

Con carácter general, para supervisión y seguimiento del doctorando/a se aplicará lo dispuesto en el artículo 11 del RD 99/2011 de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado.

En cualquier caso se aplicará procedimiento de desarrollo de esta normativa que aprueben las diferentes universidades para el seguimiento del doctorando.

La Comisión de Coordinación Académica del Programa de Doctorado estará compuesta por un profesor o profesora de cada una de las universidades participantes (Coordinador o Coordinadora Locales) y realizará las tareas de coordinación entre las universidades. Estará encargada de la admisión de estudiantes, de evaluar anualmente el documento de actividades y el plan de investigación, de autorizar estudios de doctorado a tiempo parcial, bajas temporales del programa, codirecciones, estancias y actividades a los doctorandos, además, asignará tutores, directores y codirectores, de uno u otro sexo. La Comisión de Coordinación Académica se reunirá presencialmente al menos una vez al año y mediante la plataforma de reuniones virtuales, tantas veces como sea necesario. Además se mantendrá una comunicación fluida a través de una lista de correo en internet. Los asuntos tratados y los acuerdos obtenidos en dichas reuniones, tanto presenciales, como virtuales, serán recogidos en las correspondientes actas. Las decisiones y acuerdos realizados por razones de operatividad a través de la lista de correo se verán reflejadas en el acta de la reunión siguiente.

Coordinador/a del Programa de Doctorado y Coordinadores Locales.
Los Coordinadores Locales son elegidos por acuerdo en cada Universidad entre los profesores titulares o catedráticos que participen en el programa de doctorado y que cuenten con experiencia acreditada en investigación y dirección de tesis doctorales. Serán avalados por la Universidad respectiva y adicionalmente se podrán integrar investigadores de otros organismos públicos de investigación. El/la Coordinador/a del Programa de Doctorado estará designado por acuerdo de los Rectores de las Universidades participantes a propuesta de la Comisión de Coordinación Académica. El coordinador del programa deberá ser un investigador/a relevante, y estar en posesión de al menos dos periodos de actividad investigadora reconocidos de acuerdo con las previsiones del Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, debiendo haber sido concedido el último de ellos en los últimos 7 años.

La Coordinadora o Coordinador del Programa de Doctorado actúa como Presidenta o Presidente de la Comisión de Coordinación Académica. La Universidad del presidente actúa como Coordinadora del Programa de Doctorado Interuniversitario. En los procedimientos generales de desarrollo del Programa se siguen los acuerdos firmados en el correspondiente convenio por los Rectores de todas las Universidades participante.
Procedimiento utilizado por la Comisión de Coordinación Académica del Programa de Doctorado en estudios Interdisciplinares de Género

Para la asignación del tutor y del director de tesis de los doctorandos así como su eventual cambio. Todas las universidades participantes en el Programa de Doctorado en Estudios Interdisciplinares de Género se acogen al siguiente procedimiento para la asignación del tutor y del director de tesis de los doctorandos así como su eventual cambio.

Una vez admitido un estudiante en el programa de doctorado, a la vista de la documentación la Comisión de Coordinación Académica asignará a cada doctorando y doctoranda:
– En el momento de admisión al programa: un tutor o tutora, que será doctor, con acreditada experiencia investigadora y vinculación permanente a la institución donde está matriculado el doctorando. El tutor servirá de nexo entre la comisión de coordinación académica del programa de doctorado, la Universidad donde se encuentra matriculado el doctorando y el alumno.
– En un plazo máximo de seis meses desde su matriculación: un director o directora. Esta figura podrá ser coincidente o no con el tutor. Quién se encargará de dirigir el buen desarrollo de la investigación. Será un doctor o doctora de cualquier nacionalidad con acreditada experiencia investigadora.

La tesis podrá ser codirigida cuando concurran razones de índole académico, como puede ser el caso de la interdisciplinariedad temática o los programas desarrollados en colaboración nacional o internacional. En el caso de tesis codirigidas la Comisión de Coordinación Académica aprobará la codirección y nombrará directores para la tesis. Una tesis doctoral podrá ser dirigida como máximo por dos doctores, de uno u otro sexo.
Las universidades establecerán las funciones de supervisión de estudiantes de doctorando mediante un compromiso documental firmado por: Universidad, estudiante, tutor y director; en la forma que se establezca. Este compromiso será rubricado a la mayor brevedad posible después de la admisión y habrá de incluir un procedimiento de resolución de conflictos y contemplar los aspectos relativos a los derechos de propiedad intelectual o industrial que puedan generarse en el ámbito de programas de doctorado.

El procedimiento para la firma de este compromiso por parte del director, tutor y doctorando será el siguiente:
· Admitido el doctorando al programa, el formulario del compromiso documental será entregado al doctorando en el momento de formalizar su matrícula.
· En el plazo de seis meses desde la matriculación, deberá entregar el compromiso documental firmado por su director y tutor de tesis, para anexar al documento de actividades y archivar en su expediente personal

La Comisión de Coordinación Académica, oído el doctorando, podrá modificar tanto tutor o tutora como director o directora de tesis en cualquier momento del periodo de realización del doctorado, siempre que concurran razones justificadas. Una vez recibida la petición justificada por parte del doctorando de cambio de tutor o director de tesis, la comisión de coordinación académica del programa de doctorado nombrará un instructor, que será un doctor que participe en el programa de doctorado y con experiencia acreditada en dirección de tesis, que oídos el doctorando, el tutor y el director de tesis elaborará un informe sobre la pertinencia o no del cambio solicitado. A la vista del informe, la Comisión de Coordinación Académica decidirá sobre la pertinencia o no de la modificación del nombramiento de tutor o director de tesis.

Procedimiento utilizado en el programa de Doctorado en estudios Interdisciplinares de Género para el control del registro de actividades de cada doctorando y la certificación de sus datos:

Todas las actividades formativas realizadas, y, si es el caso, los complementos formativos cursados, se registrarán en un documento único para el programa de doctorado e individualizado denominado Documento de Actividades del/ de la Doctorando/a, que será revisado regularmente por el director y el tutor de tesis. La tutora o tutor remitirá dicho documento a la Comisión de Coordinación Académica al menos una vez al año.

A partir de la admisión de cada estudiante se abrirá, por parte de los servicios de coordinación académica del doctorado, un expediente personalizado donde se recopilarán:

– La documentación aportada por cada estudiante para el ingreso en el doctorado.

– El compromiso documental.
– El Plan de Investigación que incluirá, al menos, los objetivos, la metodología y la planificación temporal. Este plan deberá ser avalado por director de tesis y el tutor (en caso de ser distintos) y podrá mejorarse y detallarse a lo largo del desarrollo de la tesis doctoral.
– Copia de todas las resoluciones emitidas por la Comisión de Coordinación Académica que afecten al doctorando o doctoranda (por ejemplo: asignación de tutor, director de tesis o modificación de los mismos).
– El convenio de cotutela en el caso de tesis codirigidas entre dos instituciones.
– Información sobre ayudas y becas recibidas para la realización de la tesis doctoral.
– El Documento de Actividades que recogerá todos los informes emitidos por el tutor relativos a las actividades formativas realizadas por el doctorando o doctoranda en cada periodo así como también los justificantes de las mismas, y, si es el caso, los complementos formativos cursados.
– En el caso de tesis cotuteladas entre dos instituciones del mismo o diferentes países, el Documento de Actividades recogerá de forma detallada el tiempo que los estudiantes pasaron en cada una de las instituciones.
Procedimiento empleado en el programa de Doctorado en Estudios Interdisciplinares de Género para la revisión y evaluación anual del Plan de investigación y el registro de actividades del doctorando:
Tanto el tutor/a como el director/es revisarán regularmente el registro de actividades del doctorando, certificarán los datos del doctorando/a, y en especial, todas las actividades formativas realizadas. Anualmente redactarán un informe sobre las actividades del doctorando/a y un informe sobre grado de cumplimiento del plan de investigación y sus posibles modificaciones. Estos informes junto con el registro de actividades del doctorando/a actualizado, se elevará a la Comisión de Coordinación Académica del doctorado para su evaluación.

La Comisión de Coordinación Académica evaluará cada curso académico el plan de investigación y el registro de actividades de actividades. El plan de investigación se evaluará basándose en la metodología a utilizar y los objetivos a alcanzar, así como los medios y la planificación temporal para lograrlo.

El plan puede ser modificado y dicho cambio deberá estar avalado por el tutor o tutora y la directora o director. La evaluación positiva será un requisito imprescindible para continuar en el programa. En caso de evaluación negativa deberá ser evaluado de nuevo en un plazo máximo de seis meses a cuyo efecto se elaborará un nuevo plan de investigación. Una segunda evaluación negativa causará la baja definitiva en el programa.

En la evaluación anual de las actividades realizadas por estudiantes a tiempo parcial se tendrá en cuenta las condiciones especiales en cuanto a disponibilidad de tiempos y horarios para realizar determinadas actividades.

Previsión de las estancias de los doctorandos en otros centros de formación, nacionales e internacionales, co-tutelas y menciones europeas internacionales

Desde el programa de doctorado se potenciará que los/las estudiantes realicen al menos una estancia de 3 meses en centros extranjeros en instituciones académicas o centros de investigación de reconocido prestigio, durante su doctorado y obtendrán así, la mención internacional. En caso que el estudiante realice el doctorado a tiempo parcial, podrá fraccionar la estancia como mejor le convenga, tal y como se menciona en la Actividad Formativa numero 4 el programa de Doctorado en Estudios Interdisciplinares de Género.

De modo previo a la realización de la estancia, la Comisión Académica del Programa de Doctorado en Estudios Interdisciplinares de Género será informada de los detalles de la misma y autorizará su realización. La estancia y las actividades desarrolladas durante la misma habrán de ser avaladas por el director/a de la institución o centro de destino.
En esta misma línea, se promoverá la co-tutela de tesis doctorales entre directores de las universidades participantes y de otros centros o universidades extranjeras, o ente un director senior y un director junior con el objetivo de alcanzar el 10% del total de tesis inscritas. Se fijará como objetivo que el 20% de tesis generadas en el programa pueda obtener la mención europea

Compromiso de supervisión y seguimiento
Las funciones de supervisión, tutela y seguimiento de los doctorandos/as se reflejará en un Compromiso de Supervisión. Este Compromiso de Supervisión, que será elaborado por la Comisión Académica del programa de doctorado en Estudios Interdisciplinares de Género e incluirá el compromiso explícito del Tutor/Director designado/designada a cada doctorando/a, se incorporará al Documento de Actividades.

En el Compromiso de Supervisión se especificarán las condiciones de realización de la tesis, los derechos y deberes del doctorando/a, incluyendo los posibles derechos de propiedad intelectual derivados de la investigación, así como el procedimiento para la resolución de conflictos. Se incluirán también los deberes del Tutor/a del doctorando y de su Director/a de tesis.