Doctorado en Estudios Interdisciplinares de Género

Supervisión de tesis

Relación de actividades previstas para fomentar la dirección de tesis doctorales:
Las distintas universidades participantes contabilizarán como actividad docente el tiempo dedicado a la dirección y tutorización de tesis. Aunque cada Universidad tiene su normativa propia, en todas ellas se fomentará y valorará la dirección de tesis doctorales y las labores de tutorización.

Relación de actividades previstas que fomenten la supervisión múltiple en casos justificados académicamente (co-dirección de tesis por parte de un director experimentado y un director novel, co-tutela de tesis interdisciplinares, en colaboración, internacional, etc.) y presencia de expertos internacionales en las comisiones de seguimiento, informes previos y en los tribunales de tesis.

Desde la Comisión de Coordinación Académica del doctorado se fomentará que la mayor parte de las tesis presentadas en el programa de doctorado en Estudios Interdisciplinares de Género tengan la mención internacional, lo que implicará: la realización de al menos una estancia de mínimo 3 meses de duración en un centro de investigación extranjero, que la tesis sea informada previamente por dos expertos doctores, sea hombre o mujer, de instituciones de educación superior o de investigación no españolas y que al menos un o una miembro del tribunal evaluador de la tesis también lo sea.

Se fomentará la codirección entre director experimentado o directora experimentada y director o directora novel a fin de formar en esta labor. Para ello se tiene prevista entre otras actividades una reunión anual de directores en donde se intercambiarán impresiones y experiencias en esta labor.

En la UAM se ha desarrollado la función de dirección de tesis doctorales como parte de las actividades académicas del profesorado que reúna las condiciones para dicha función, a saber, ser doctor y poseer acreditada experiencia investigadora. El fomento de la dirección o codirección de tesis doctorales es acorde con la Normativa de enseñanzas oficiales de doctorado de la UAM (art. 10. 7), según el cual la dirección de la tesis y la tutela del doctorandoserán reconocidos como parte de la dedicación docente e investigadora del profesorado.

Ayudas para Formación de Personal Investigador
Resumen de las características de la convocatoria
1. Número y objeto de las ayudas30 ayudas para la realización de la tesis doctoral.
2. Beneficiarios Graduados (y equivalentes) de las últimas promociones en condición de acceder al periodo de investigación del doctorado.
3. Características de las ayudas
3.1. Incompatibilidades Incompatibles con ayudas equivalentes.
3.2. Duración48 meses, 24 de ellos como beca y 24 como contrato.
3.3. Dotación12 pagas anuales de 1.142 euros en la fase de beca y 16.422 euros anuales en la fase de contrato.
3.4. Derechos de los beneficiarios Seguridad Social y derechos del PIF.3.5. Obligaciones de los beneficiarios Las del PIF de la UAM, matricularse en
un Programa de Doctorado, dedicarse a la realización de la Tesis Doctoral a tiempo completo.
4. Presentación de solicitudes
4.1. Requisitos de los solicitantes Titulación académica para acceder al doctorado no más antigua de 3 años, nota media mínima de 6,5, reunir los requisitos
de acceso al periodo de investigación del doctorado en el momento de incorporación a la beca, no ser doctor, tener el NIE o vivir en España si
se es extranjero no comunitario.
4.2. Requisitos de los directores de tesis Doctor, participar en un proyecto de investigación competitivo, avalar una única solicitud de esta convocatoria
y ser profesor permanente de la UAM, o investigador permanente de un centro mixto UAM-CSIC.
4.3. Documentación y plazo de presentación Entregar el formulario de solicitud en el Registro General de la UAM del 2 de abril al 3de mayo de 2013, acompañado de: fotocopia DNI o pasaporte, certificación académica personal, declaración responsable de nota media, admisión en doctorado, curriculum vitae del candidato, proyecto de tesis, informe del director, curriculum vitae del director.
5. Selección y adjudicación de las solicitudes
5.1. Evaluación y selección de candidatos Se realizará por la Comisión de Investigación, que valorará los siguientes aspectos y puntuaciones máximas:
nota media del expediente académico 10 puntos, 0,50 puntos si2Programa Propio de Ayudas para Formación de Personal Investigador # 2013el programa de doctorado tiene mención hacia la excelencia, 0,30 a los evaluados favorablemente por ANECA y 0,30 a los nuevos programas de doctorado presentados a verificación, proyecto de tesis 1 punto, curriculum vitae del candidato 2 puntos, curriculum vitae del director de tesis 1 punto, fomento de áreas estratégicas, equilibrio interdisciplinar y cohesión interna 2 puntos con carácter excepcional.
5.2. Resolución provisional y aceptación Se publicará una relación provisional de concesiones, con suplentes, y se requerirá la aceptación en 10 días naturales.5.3. Resolución de concesión Se publicará la resolución de concesión definitiva una vez pasado el periodo de firma de aceptación.
6. Desarrollo de las ayudas
6.1. Incorporación El día 1 de octubre de 2013. En el plazo de un mes deberá formalizarse la matrícula en el doctorado para el curso 2013-2014.
6.2. Ausencias temporales y cambios de director o de proyecto de tesis Pueden autorizarse ausencias temporales relacionadas con el desarrollo de la tesis. Excepcionalmente pueden autorizarse cambios de director o de proyecto de tesis debidamente justificados, previa vista de informes de las partes involucradas.
6.3. Interrupción de las ayudas La UAM puede conceder interrupciones voluntarias justificadas de hasta 6 meses.
6.4. Periodos de beca y de contrato Las ayudas se organizan en 24 meses de beca y 24 meses de contrato en prácticas. Sise obtiene el título de doctor durante la fase de beca, podrá continuar con el disfrute de la ayuda hasta completar esta fase y no podrá acceder a la fase de contrato. Si se obtiene el título de doctor durante la fase de contrato, se puede seguir disfrutando de éste hasta su agotamiento.
6.5. Seguimiento y control Se debe presentar un informe anual y un informe final.6.6. Finalización de las ayudas6.7. Renuncias y bajas
7. Incumplimientos
8. Estancias breves en España y en el extranjero. Se podrá optar a recibir ayudas complementarias para estancias breves
8.1. Objeto de las estancias Reforzar el programa formativo e impulsar el desarrollo de la tesis
8.2. Requisitos para solicitarlas Ser beneficiario en activo de este programa en las convocatorias de 2009, 2010, 2011 o2012.
8.3. Características de las estancias y fechas de inicio Entre dos y tres meses. A partir de 1 de junio de 2013 y hasta el 30 de mayo de 2014
8.4. Presentación de solicitudes Del 2 de abril al 3 de mayo de 2013
8.5. Justificación de las ayudas por parte de los beneficiarios
8.6. Evaluación y selección de las solicitudes9. Renovación de las ayudas de anteriores convocatorias3Programa Propio de Ayudas para Formación de Personal Investigador # 2013Las ayudas de anteriores convocatorias que sean renovadas se acogerán a las condiciones de esta convocatoria.

Ayudas para inicio de estudios en Programas de Posgrado

Preámbulo: La Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica de Universidades encomienda a la Universidad, entre otras funciones, la preparación para el ejercicio de actividades profesionales que exijan la aplicación de conocimientos y métodos científicos, así como la formación a lo largo de toda la vida.

Los estudios oficiales de Posgrado tienen como finalidad la especialización del estudiante en su formación académica, profesional o investigadora y se articulan en programas conducentes a la obtención de los títulos de máster y doctor.

La primera fase del posgrado, las enseñanzas de Máster, tienen como objetivo último la adquisición de una formación avanzada, de carácter especializado o multidisciplinar por parte de los titulados universitarios.

En el espacio europeo de educación superior los estudios de máster constituyen, por tanto, un aspecto esencial en la formación de los futuros profesionales y la vía de acceder a la carrera investigadora a través del doctorado.

La Universidad Autónoma de Madrid ha realizado durante los últimos años un importante esfuerzo para configurar una oferta de estudios de posgrado
amplia y de alta calidad.

La presente convocatoria está destinada a apoyar la realización de los estudios de posgrado mediante la concesión de ayudas de acuerdo a las siguientes bases:

La concesión de ayudas al amparo de esta convocatoria se efectuará de conformidad con el siguiente procedimiento:

Número y objeto de las ayudas1. Se convocan 170 ayudas para inicio de estudios en programas de posgrado de la UAM que se concederán en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva. Un máximo de 30 de estas ayudas podrá corresponder a renovaciones para los que hayan completado el periodo formativo.
Estas ayudas tienen por objeto apoyar a los estudiantes universitarios que inicien estudios de Másteres Universitarios o Periodos Formativos de Programas de Doctorado de la UAM, orientados a la realización de una Tesis Doctoral.

Buenas prácticas en la dirección de tesis

Algunas Universidades tienen elaborado, a la fecha, su código de buenas prácticas cuyo resumen se detalla a continuación, éstas son la Universidad Autónoma Madrid, la Universidad Alicante, La universidad de islas Baleares, y la universidad Jaume I, asimismo la Universidad de La Laguna cuenta con un documento de compromiso de elaboración de tesis doctoral. Las universidades de Huelva, Alcalá de Henares y Rey Juan Carlos, están elaborando sus Códigos de Buenas Prácticas:

A este respecto en cada una de las universidades participantes existen las siguientes actuaciones y buenas prácticas para el fomento de la dirección de tesis doctorales:

La UAM, se adhiere a las recomendaciones de la Carta Europea del Investigador y al Código de Conducta para la contratación de investigadores (11 de marzo de 2005)

La Carta Europea del Investigador reúne una serie de principios y exigencias generales que especifican la función, las responsabilidades y los derechos de los investigadores y de las entidades que emplean y/o financian investigadores. El objetivo de la Carta es garantizar que la naturaleza de la relación entre los investigadores y los financiadores o empleadores propicie la generación, transferencia, distribución y difusión de conocimientos y avances tecnológicos, así como el desarrollo profesional de los investigadores. Asimismo, la Carta reconoce el valor de todas las formas de movilidad como medio para ampliar el desarrollo profesional de los investigadores. De esta forma, la Carta constituye un marco dentro del que se invita a investigadores (en todos los niveles) y financiadores y empleadores a actuar con responsabilidad y profesionalidad en su entorno de trabajo y a darse el necesario reconocimiento mutuo.

En relación con la investigación, la UAM ha constituido una Comisión de Ética en la Investigación que tiene con el fin de proporcionar una respuesta ágil y efectiva a las necesidades actuales o que en el futuro se planteen respecto de la investigación científica desarrollada en su ámbito, en orden a la protección de los derechos fundamentales de las personas, el bienestar de los animales y el medio ambiente y al respeto a los principios y compromisos bioéticos asumidos por la comunidad científica y por los estatutos de la Universidad Autónoma de Madrid

La UNIVERSIDAD DE ALICANTE adoptó, en la reunión de la Comisión de Estudios de Postgrado, celebrada el 6 de mayo de 2013 y conforme al RD 99/2011, el siguiente Código de buenas prácticas de la Escuela de Doctorado, a fin de que sean asumidas por sus investigadores, tanto doctorandos/as, como tutores/as y directores/as de tesis doctorales.

1.- Libertad de investigación.
Los/las investigadores/as deben centrar su labor en el bien de la humanidad y en la expansión de las fronteras del conocimiento científico, reconociéndoseles para ello las libertades de pensamiento y expresión, así como la libertad para determinar los métodos de resolución de problemas, con el debido respeto a las prácticas y principios éticos reconocidos.
2.- Principios éticos.
Los/las investigadores/as respetarán las prácticas éticas reconocidas y los principios éticos fundamentales correspondientes a sus disciplinas, así como las normas éticas recogidas en los diversos códigos deontológicos nacionales, sectoriales e institucionales.
En particular, esta declaración comporta un adecuado respeto a la dignidad del ser humano, sobre todo cuando es objeto de experimentación. Igualmente, implica el reconocimiento de que no debe promoverse en ningún ámbito científico (natural, social, ni relativo a las humanidades), investigaciones que atenten contra la salud o la dignidad del ser humano.
3.- Responsabilidad profesional.
Los/las investigadores/as deben asumir una serie de responsabilidades en el ejercicio de su actividad científica. En especial, deben fomentar la reflexión ética, de modo que su trabajo contribuya al progreso del conocimiento y, en definitiva, a mejorar las condiciones de vida del futuro, en vez de a su deterioro.
En esta línea, los/las investigadores/as harán todo lo posible para garantizar que su labor resulta relevante para la sociedad, no debiendo en ningún caso duplicar la previamente realizada por otros. Debe evitarse cualquier tipo de plagio, así como asegurarse el respeto al principio de la propiedad intelectual o de la propiedad conjunta de datos cuando la investigación se lleve a cabo en colaboración con otros investigadores/as.
4.- Obligaciones contractuales y jurídicas.
Todo investigador/a debe conocer y cumplir la normativa nacional, sectorial e institucional que rige las condiciones de formación y/o trabajo. Esto engloba tanto la normativa sobre derechos de propiedad intelectual e industrial, las exigencias legales en materia de protección de datos y de confidencialidad, y las condiciones de toda posible entidad patrocinadora. En este sentido, los/las investigadores/as deben solicitar todos los permisos necesarios antes de iniciar su labor o de acceder a los recursos proporcionados.
5.- Buenas prácticas en la investigación.
Los/las investigadores/as deben seguir en todo momento prácticas de trabajo seguras, adoptando las precauciones necesarias en materia de salud y seguridad personal y ambiental. Se tendrán especialmente en cuenta las directrices establecidas por la Subdirección de seguridad e higiene en el trabajo de la Universidad de Alicante.
6.- Rendición de cuentas.
Los/las investigadores/as en formación han de tener presente que deben rendir cuentas ante la Escuela de Doctorado y ante la Universidad, así como, por razones éticas, al conjunto de la sociedad. Como responsables de los fondos públicos que reciban, deben efectuar una gestión adecuada, transparente y eficaz de tales recursos, y cooperar con toda auditoría autorizada en relación con su investigación.
7.- Supervisión de los/las investigadores/as en formación.
Con carácter general, los tutores/as y directores/as de tesis asumen la labor de aconsejar y guiar al doctorando/a con vistas a conseguir las expectativas formativas. A tal fin, deben interaccionar personal y regularmente con los investigadores/as noveles a su cargo, supervisando el proceso formativo de acuerdo con los más altos estándares profesionales.
En particular, el director/a efectuará un seguimiento periódico de la labor realizada por el doctorando/a al objeto de valorar el progreso de la investigación, según el cronograma definido, así como para identificar y resolver los posibles problemas detectados en la ejecución del proyecto.
8.- Derechos y deberes de los/as investigadores/as en formación.
Los derechos y deberes de los investigadores en formación se recogen, de manera general, en el Reglamento de régimen interno de la Escuela de Doctorado de la Universidad de Alicante. Los doctorandos/as deben mantener una relación estructurada y regular con sus tutores/as y directores/as de tesis, implicándose activamente en su proceso formativo. Deben mantener un registro actualizado de todas sus actividades de investigación, así como de los resultados de sus trabajos.
9.- Difusión y explotación de la investigación.
La difusión y explotación de los resultados derivados de la actividad investigadora constituye un deber irrenunciable de esta actividad. Por tanto, los doctorandos/as deben velar para que los resultados de su trabajo se difundan y resulten provechosos, a través de publicaciones científicas, comunicaciones a congresos, así como mediante su transferencia a otros contextos de investigación o, incluso, al sector productivo, incluyendo su comercialización.
A estos efectos, los directores/as y tutores/as de la tesis están llamados a velar por el carácter fructífero de la investigación de los doctorandos/as que tutelan; estableciendo las condiciones necesarias para una transferencia eficaz de conocimientos, por la vía de contribuir y propiciar su difusión y aprovechamiento a través de revistas y publicaciones científicas.
10.- Resolución de conflictos.
Los eventuales conflictos que pudieran surgir durante la etapa doctoral entre la Universidad, el doctorando/a, el director/a de la tesis y el tutor/a, se resolverá conforme al procedimiento que reglamentariamente se establezca.
Disposición final.- Todas las denominaciones contenidas en el presente Código que se efectúan en género masculino se entenderán realizadas y sutilizarán indistintamente en género masculino o femenino, según el sexo de la persona a la que haga referencia

La formación de doctores constituye uno de los objetivos de la UNIVERSIDAD DE ALCALÁ. Facilitar a su profesorado la dirección de tesis doctorales y a sus alumnos la posibilidad de su realización, es un punto de partida básico para el establecimiento de Escuelas de Doctorado con garantías de éxito.

La existencia de una Guía de Buenas Prácticas, aprobada en la Comisión de Estudios Oficiales de Posgrado, celebrada el 17 de octubre de 2012, para la realización de tesis doctorales confirma la voluntad de la Universidad de Alcalá de garantizar la calidad de las investigaciones, pues en ella se aportan ideas directrices para las diferentes partes involucradas: dirección, doctorandos y Universidad. Seguidamente se hace una breve presentación de los puntos que refleja esta Guía:

La Universidad
Se describen los órganos competentes de la Universidad que han de regular el proceso de investigación y la presentación de la tesis doctoral.
La Dirección del Trabajo
La dirección de una tesis supone un considerable compromiso, además de la entrega de buena parte de los conocimientos y experiencia de su director al doctorando. Requiere por parte de la dirección entrega y disponibilidad, además de capacidad de trabajo, y de dirección de proyectos de investigación en los que integrar a los alumnos.

Las tesis doctorales pueden dirigirse o codirigirse en la propia universidad o en otras universidades e instituciones, por lo que los deberes de una dirección de tesis deberán adecuarse a las circunstancias, en todo caso se tratara:
· La presentación del director de tesis: sus características, sus funciones y sus responsabilidades.
· De cómo garantizar la calidad de la dirección del trabajo.
· La distinción entre la labor del director y la del tutor.
El Doctorando
Los doctorandos asumen también una responsabilidad al aceptar formar parte de un programa de investigación a través de un compromiso documental firmado por la Universidad, doctorando, tutor y director. La necesidad de este documento viene reflejada en el artículo 11.8 del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado. En este apartado se abordará:
· La labor del doctorando, sus derechos y obligaciones.
· La elección y la asignación del director de tesis.
· Los principios éticos.
· La responsabilidad profesional. Confidencialidad y protección de datos, custodia y conservación de documentación, registros, datos, muestras y material resultante de las investigaciones.

La elaboración de la tesis doctoral. Se detallarán:
· El plan de investigación.
· La descripción de los requisitos básicos que ha de reunir este trabajo de investigación, elementos, estructura, estilo, documentación, su presentación y defensa.
· La publicación y difusión de resultados derivados de la elaboración de la tesis doctoral.

La Memoria de la Tesis
La memoria de tesis es el documento final que relata la investigación realizada y que sirve como resumen y reporte de la misma. Si bien no existe un formato universalmente aplicable, esta Guía sí recoge los apartados que toda memoria de tesis debería incluir de manera indicativa. Y puesto que la memoria varía según los dos formatos posibles, formato clásico de memoria y memoria como compendio de publicaciones, se ofrecen recomendaciones específicas para cada modelo.

Resolución de conflictos.
Se describe el procedimiento de la resolución de los conflictos que pudieran surgir entre la Universidad, el doctorando, el director de la tesis, el tutor y, en su caso, el co-director, durante el desarrollo del programa de doctorado.
Lo que existe en la UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA es un documento de compromiso de elaboración de tesis doctoral
Los estudios de doctorado son una experiencia formativa profesional que permite adquirir competencias científicas de alto nivel, así como competencias genéricas relacionadas con puestos de responsabilidad en todos los sectores socioeconómicos. Implica la realización de un proyecto de investigación original e innovador y un plan personal de formación continuada en conjunción con el desarrollo del proyecto de investigación.
Este documento de compromiso debe ser firmado a la mayor brevedad posible después de la admisión y matrícula y, en todo caso, en el plazo máximo de tres meses desde la asignación de tutor y de director. Este documento define los derechos y los deberes respectivos y los compromisos recíprocos de los firmantes con el fin de asegurar el logro de los objetivos anteriormente definidos durante el periodo de elaboración de la tesis doctoral, siendo los firmantes de este documento, el doctorando, el director de tesis que orienta el proyecto de investigación (o tutor, si se da el caso) y el Vicerrector con
competencias en estudios de doctorado.

Reglamento de enseñanzas Oficiales de Doctorado de la Universidad de La Laguna
Todas las partes implicadas son conocedoras que en el Reglamento de Enseñanzas Oficiales de Doctorado de la ULL (aprobado en Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2012 y publicado en el BOC nº 17, de 25 de enero de 2013) se fijan las funciones, derechos y obligaciones del investigador en formación, del director de la tesis y del tutor de la tesis.

Colaboración mutua
El doctorando o investigador en formación y el director de la tesis se comprometen a establecer una colaboración mutua para el logro de la realización
de los estudios y trabajos de investigación conducentes a la realización de una tesis doctoral en el Programa de Doctorado, la presentación del Plan de Investigación, así como de las correspondiente renovaciones del mismo, la elaboración y finalmente, la defensa de la tesis doctoral del investigador en formación, de acuerdo con los procedimientos y los plazos que estén establecidos en la normativa de aplicación.
El compromiso se adquiere y establece en el momento de la firma del presente documento.

Funciones, derechos y obligaciones del director de la tesis
Son obligaciones y derechos del director de tesis las siguientes:
a) El director/tutor tiene el deber de informar al doctorando de la relación de Tesis Doctorales que dirige, así como de las dirigidas en los últimos 5 años y de sus resultados objetivables.
b) El director tiene el deber de marcar el Plan de Formación que debe realizar el doctorando y facilitar, en la medida de lo posible, los medios necesarios para su consecución.
c) El director debe definir el Plan de Investigación de la Tesis Doctoral, asegurar su originalidad y carácter formador, así como que podrá ser realizado en el plazo máximo de 3 años, estando sujetas las posibles prórrogas a lo que establece el Reglamento de Enseñanzas Oficiales de Doctorado de la ULL.
d) El director tiene el deber de atender al doctorando, supervisar la marcha de su trabajo, establecer un calendario de encuentros regulares y exigirle el cumplimiento de sus obligaciones conforme al plan de trabajo que hayan establecido al respecto.
e) El director tiene el derecho de autorizar la defensa de la tesis y proponer, de acuerdo con el doctorando, el tribunal para la defensa de la tesis y los evaluadores externos en caso de Tesis que opte a la Mención de Doctorado Internacional.
f) El director tiene el deber de informar sobre las aportaciones científicas derivadas de su tesis, al menos, en los 3 años posteriores a la finalización de la misma.
La dedicación del director será reconocida de acuerdo con lo que establece la correspondiente normativa vigente de la Universidad de La Laguna.

Funciones, derechos y obligaciones del tutor
Son obligaciones y derechos del tutor las siguientes:
a) Revisar regularmente, junto con el director de la tesis, el documento de actividades del doctorando.
b) Avalar junto con el director de la tesis y antes de la finalización del primer año el plan de investigación elaborado por el doctorando.
c) Firmar el compromiso documental junto con la Universidad, el doctorando y el director.
d) Emitir y elevar anualmente a la comisión académica el informe sobre el Plan de Investigación y el documento de actividades desarrolladas por el doctorando.
e) Asegurar la inclusión de la Universidad de La Laguna en todas las comunicaciones, presentaciones y publicaciones en las que se difundan resultados de la investigación desarrollada por el alumnado que tutela.

Obligaciones y dedicación del doctorando
El doctorando compromete a desarrollar los estudios de doctorado en el marco de lo que establece la normativa aplicable y de acuerdo con los compromisos que resultan de este documento.
Así, el investigador en formación tiene las siguientes obligaciones:
a) Realizar y asistir a las actividades formativas y los seminarios de investigación establecidos en el programa de doctorado, y su plan de actividades.
b) Presentar al director el trabajo realizado con el formato y la frecuencia que hayan sido previamente acordados y presentar el manuscrito de la tesis al director con una antelación razonable a la fecha pactada para el depósito, para su revisión final.
c) Consultar con su director antes de realizar cualquier otra actividad adicional en la universidad, para valorar conjuntamente la posible repercusión sobre su dedicación a la tesis doctoral.
d) Cumplir los requisitos de seguridad en el trabajo o cualquier otro específico que exista en el lugar en el que realice su investigación.
e) Cumplir las normas éticas establecidas por la universidad.
f) Cursar, en su caso, los complementos de formación específicos incluidos en la memoria del programa y establecidos por la comisión académica en el momento de su admisión en el programa de doctorado.
g) Incluir a la Universidad de La Laguna en todas las comunicaciones, presentaciones y publicaciones en las que se difundan resultados relacionados con la investigación desarrollada en su formación doctoral.
Con esta finalidad, la dedicación del investigador en formación es de ___________________ (tiempo parcial / tiempo completo).

Confidencialidad
El investigador en formación se compromete a no revelar, comunicar, ceder o divulgar a terceros ningún dato e información que pueda considerarse confidencial. Asimismo, se compromete a mantener en secreto aquella información relevante para la investigación proporcionada por el director y, en su caso, el codirector y/o el tutor, o cualquier otro miembro del equipo investigador. El compromiso de confidencialidad y secreto continuará vigente aún después de finalizar la relación académica y administrativa con la Universidad de La Laguna y solo podrá modificarse mediante escrito y firma de todas
las partes implicadas.

Régimen de propiedad intelectual/industrial

El doctorando tendrá derecho a ser reconocido como titular de los derechos de propiedad intelectual o industrial que le puedan corresponder de acuerdo con la legalidad vigente y a aparecer como autor o coautor en todos los trabajos, artículos o comunicaciones donde se expongan los resultados de la investigación en los que el doctorando haya participado de manera relevante.
El doctorando tendrá derecho a ejercer los derechos de propiedad intelectual derivados de su actividad formativa en la investigación y de conformidad con su contribución, según lo que establece la legalidad vigente.
Con respecto a eventuales derechos de propiedad industrial que pueda poseer el doctorando sobre los resultados de la investigación, el doctorando quedará sujeto a lo que establece la legislación vigente para las patentes universitarias. En ningún caso, las cantidades que pueda percibir para la explotación y la cesión de los derechos mencionados tendrán naturaleza salarial.
En cualquier publicación o divulgación de resultados derivados de la Tesis se deberá dar constancia que el trabajo se ha realizado en la Universidad de La Laguna.

Resolución de conflictos
En caso de desacuerdo o incumplimiento de alguno de los puntos de este documento, el doctorando y el Director tratarán de resolver amigablemente las controversias. En caso de no llegar a acuerdo, cualquiera de las partes podrá ponerlo en conocimiento del coordinador académico del programa de doctorado, que actuará como mediador.
Si la mediación no permitiese resolver el conflicto, se dará traslado a la Comisión de Estudios de Posgrado, que habrá de dictar resolución en el plazo de tres meses, previa audiencia de las partes y del coordinador académico del programa de doctorado.
Contra el acuerdo de la Comisión de Estudios de Posgrado se podrá interponer recurso de alzada ante el Rector o la Rectora, en los términos previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Si durante la realización de la Tesis se suscitasen problemas en relación con el uso del material o instrumental necesario para llevarla a término, el Director de la Tesis podrá plantear una queja ante el Director del Departamento o, en su caso, del Grupo de Investigación. Si la queja presentada no fuese atendida, proveerá al respecto la Comisión de Estudios de Posgrado.

Vigencia
Este documento producirá efectos desde la fecha de la firma y finaliza en el momento en que adquiere la condición de doctor. También se dará por finalizado el compromiso cuando el investigador en formación cause baja definitiva en el programa de doctorado.
Asimismo, quedará sin efectos en caso de incumplimiento de alguna de las cláusulas establecidas o de la normativa reguladora vigente

En la UNIVERSIDAD DE ILLES BALEARS El Código de Buenas Prácticas con
los derechos y obligaciones de director/a, tutor/a y doctorando/a, son los modelos de la Universidad de las Illes Balears para establecer una guía de buenas prácticas para la dirección y el seguimiento de las actividades formativas del/a doctorando/a y de su tesis doctoral. Más detalladamente, mediante el desarrollo del Real Decreto 99/2011, el Reglamento de ordenación de las enseñanzas universitarias de doctorado de la Universidad de las Illes Balears  especifica las directrices sobre la supervisión de Tesis Doctorales en sus Artículos 9 a 13.

La UNIVERSIDAD DE JAUME I El Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, establece enel artículo 9.8 que ¿Todas las personas integrantes de una Escuela de Doctorado deberán suscribir su compromiso con el cumplimiento del código de buenas prácticas adoptado por dicha Escuela¿. Así mismo, en el ANEXO I de este real decreto se señala que debe incluirse la relación de actividades previstas para fomentar la dirección de tesis doctorales y existencia de una guía de buenas prácticas para su dirección.

Siguiendo dichas indicaciones, la Universitat Jaume I ha iniciado la elaboración de Guía de buenas prácticas para la tutorización y dirección de tesis doctorales en la que se incluirán los derechos y obligaciones del doctorando así como los de tutores y directores de tesis.

Respecto a los derechos y obligaciones del doctorando se establecerán los referentes a admisión, seguimiento y supervisión periódica de su investigación, plan de investigación y tesis doctorales, estancias nacionales e internacionales, publicación, protección y difusión de resultados de elaboración de tesis.

En cuanto a tutores y directores de tesis se establecerán los derechos y deberes correspondientes. Finalmente se incluirá también el procedimiento de difusión y promoción de la Guía de buenas prácticas.

Actividades previstas que fomenten la supervisión múltiple en casos justificados académicamente

El Programa de Doctorado en Estudios Interdisciplinares de Género tiene prevista la codirección de una tesis doctoral en determinadas circunstancias:

a) Cuando la investigación se realice en dos centros de investigación.
b) Cuando se trate de la primera tesis doctoral que dirige un profesor/a.
c) Cuando así lo solicite el doctorando/a, estudiando la justificación de la solicitud.
No es obligada la participación de expertos internacionales, no obstante en casos justificados académicamente se requerirá la presencia de expertos internacionales en las comisiones de seguimiento, informes previos y en los tribunales de tesis. Este programa de Doctorado se preocupará de mantener e incrementar en la medida que sea necesario la participación de otros profesores y expertos internacionales en las comisiones de seguimiento en la emisión de informes previos a la presentación de las tesis doctorales y en los tribunales de lectura de tesis. Respecto a la emisión de informe y
participación en tribunales hay que decir que este programa de doctorado continuará con la red de colaboraciones conveniadas y no conveniadas que los diferentes institutos, y departamentos, integrados ahora en el presente programa ya venían realizando. (véase.1.4). En relación a la participación de profesores y expertos en la comisión de seguimiento del programa, y dada la novedad de dichas comisiones respecto a los antiguos programas de doctorado, el programa prevé integrar en su comisión de seguimiento, al menos, a uno de los profesores visitantes pertenecientes a los centros, universidades e institutos de investigación con los que el programa mantiene múltiples y diversas colaboraciones.