Espacio para solidaridad y voluntariado

Ser voluntario/a

¿Qué se entiende por voluntariado?

Se considera voluntario a toda persona física que realice una actividad no obligatoria, de forma no lucrativa, responsable, continua, solidaria y pacífica, a través de los proyectos o programas de una entidad que ejerza el voluntariado y dentro de alguna de las áreas de interés social.

El voluntariado:

  • Debe ser realizado libremente. 
  • Ha de tener en cuenta a la otra persona. 
  • Se hace con personas y para personas. 
  • Requiere compromiso.
  • Conlleva crecimiento mutuo. 
  • Se realiza a escala humana. 

Razones para ser voluntario/a

 

  • El enriquecimiento personal que supone realizar labores de voluntariado y descubrir otras realidades ajenas a la tuya supera con creces cualquier remuneración económica.
  • A través del voluntariado puedes aprender nuevas habilidades que pueden ser un beneficio directo para tu carrera profesional y la búsqueda de empleo.
  • Desarrollar vínculos y nuevas redes de contactos con personas del área en el que realizas voluntariado, que pueden vincularse a tu industria o campo de estudios.
  • Las personas voluntarias dicen que cuando participas en un proyecto solidario te llevas más de lo que entregas.

¿Qué actividades no se consideran actividades de voluntariado?

  • Las desarrolladas como consecuencia de una relación laboral, mercantil o profesional de cualquier tipo.
  • La prestación social sustitutoria del servicio militar o cualquier otra legalmente establecida.
  • Las actuaciones voluntarias aisladas, esporádicas o prestadas al margen de organizaciones públicas o privadas, sin ánimo de lucro, ejecutadas por razones familiares, de benevolencia, de amistad o buena vecindad.
  • Las que generen algún beneficio económico para las personas o entidades que las realicen.

 

¿Qué se entiende por entidades de voluntariado?

La persona jurídica legalmente constituida que, careciendo de ánimo de lucro, desarrolla actividades en áreas de interés social de forma ordinaria y permanente, fundamentalmente a través de personas voluntarias.

¿Cuáles son las áreas de interés social contempladas en La Ley 4/1998, de 15 de mayo, de Voluntariado de Canarias? 

  • Cooperación y solidaridad internacional, sensibilización y educación para el desarrollo, derechos humanos y pacifismo.
  • Servicios sociales y sanitarios.
  • Promoción de la igualdad de oportunidades entre el hombre y la mujer.
  • Inserción sociolaboral de colectivos en situación de desventaja social.
  • Educación, ciencia, cultura, deportes y patrimonio histórico-artístico.
  • Protección civil.
  • Protección del medio ambiente y defensa del medio rural.
  • Cualquier otra que responda a la naturaleza y fines de las actuaciones voluntarias ajustándose a lo establecido en la Ley.

Derechos de las personas voluntarias

Las personas voluntarias tienen los siguientes derechos en sus relaciones con la entidad en la que prestan sus servicios:

  • Ser informadas de las actividades, programas o proyectos en los que vayan a participar, así como de la organización, funcionamiento, fines y objetivos de la entidad en la que colaboren.
  • Recibir la formación necesaria para la tarea que vayan a asumir y ser orientadas hacia las actividades para las que reúnan las mejores aptitudes.
  • Participar activamente en la entidad en la que se inserten y en el diseño, desarrollo y evaluación de las actividades de la misma.
  • Formar parte de la dirección de la entidad de acuerdo a sus estatutos o normas de funcionamiento.
  • No ser asignadas a la ejecución de tareas ajenas a los fines y naturaleza de la entidad ni a otras con fines fraudulentos.
  • Recibir los medios necesarios para el ejercicio de su actividad.
  • Obtener el cambio de la actividad en la que participen cuando existan causas que lo justifiquen.
  • Ser reembolsadas por la entidad por los gastos que directamente les ocasione la actividad voluntaria.
  • Tener cubiertos los daños y perjuicios que pudieran ocasionárseles en el correcto desempeño de su actividad.
  • Tener garantizadas unas condiciones mínimas higiénicas, sanitarias y de seguridad similares a las exigidas en la normativa laboral vigente para quienes desarrollan una actividad laboral.
  • Disponer de una acreditación identificativa de su condición de personas voluntarias y recibir certificaciones de su participación en las diferentes actividades de voluntariado.
  • Ser tratadas sin discriminación por cualquier razón o circunstancia.
  • Obtener el respeto y reconocimiento a su contribución a la sociedad.
  • Todos aquellos otros que se establezcan derivados de la presente Ley y del resto del ordenamiento jurídico.

 Deberes de las personas voluntarias

  • Desarrollar la actividad a que se hayan comprometido con la máxima diligencia y conforme a las exigencias del principio de buena fe, en los términos del compromiso aceptado y de las indicaciones que para el cumplimiento de la misma pudieran recibir de la entidad en que colaboren.
  • Participar en aquellas actividades de formación que les indique la entidad, al objeto de capacitarles para un mejor desempeño de su tarea. c) No interrumpir bruscamente su actividad si ello produjera perjuicios para los beneficiarios del programa o proyecto al que estuvieran adscritas.
  • Observar las medidas de seguridad e higiene adoptadas con carácter general por la legislación vigente en la materia así como las indicadas por la entidad en que se participe.
  • Cuidar con diligencia los recursos que ponga a su disposición la entidad.
  • Mantener la debida confidencialidad de la información recibida y conocida en el desarrollo de su actividad.
  • Respetar los derechos de los beneficiarios de la actividad voluntaria.
  • Rechazar cualquier tipo de contraprestación material en el desarrollo de su actividad.
  • Utilizar debidamente la acreditación identificativa de su condición de voluntarias y los distintivos de la entidad de voluntariado con la que colaboren.
  • Cooperar con espíritu de solidaridad y comprensión con todos los miembros de la entidad de voluntariado en que participen.
  • Respetar las normas de organización y funcionamiento interno de la entidad.