Doctorado en Biodiversidad y Conservación

Normativa de presentación y lectura de tesis

La normativa para la presentación y lectura de la tesis doctoral está recogida en el Capítulo III, Artículos 24-29, del Reglamento de Enseñanzas Oficiales de Doctorado de la Universidad de La Laguna, que se ajusta a lo establecido en el RD 99/2011, que podrá ser consultado en las páginas web de la ULL, de la Facultad de Ciencias, así como de la Escuela de Doctorado de la ULL.

La tesis podrá ser desarrollada y, en su caso, defendida, en los idiomas habituales para la comunicación científica, garantizando que el tribunal que ha de juzgarla tenga la capacidad de hacerlo en el idioma de presentación.

 

Propuesta y nombramiento del tribunal de evaluación de la tesis

En el momento de remitir la tesis doctoral, la comisión académica del programa presentará en la Escuela de Doctorado una propuesta de cinco expertos en la materia a que se refiera la tesis, acompañada de sus currículos, donde se harán constar los méritos que los capacitan para formar parte del tribunal encargado de juzgarla.

Para la designación del tribunal deberá tenerse en cuenta lo siguiente:

a. Deberá estar formado por tres miembros titulares: un presidente, un secretario y un vocal, así como dos suplentes. De los miembros titulares uno deberá pertenecer a la Universidad de La Laguna y los otros dos deberán ser externos a la misma y, en todo caso, con relación funcionarial o contractual con otras universidades u organismos de investigación. En los suplentes se incluirá uno de la Universidad de La Laguna y otro perteneciente a instituciones externas a esta. El primero suplirá la posible baja del miembro titular del tribunal perteneciente a la ULL, y el segundo, la ausencia de cualquiera de los otros miembros titulares.

b. Todos sus miembros han de tener el grado de doctor y experiencia investigadora acreditada respetando que, como mínimo, los miembros de la ULL (titular y suplente) han de reunir las mismas condiciones que para ser director de tesis en esta universidad.

c. De los miembros externos no podrá haber más de uno perteneciente a la misma universidad, o centro público o privado.

d. En ningún caso podrán ser miembros del tribunal ni los directores de la tesis ni los tutores del investigador en formación.

e. El presidente del tribunal será el miembro de mayor categoría académica y antigüedad en dicha categoría.

f. Excepcionalmente, el tribunal titular podrá estar constituido por más de dos miembros externos, siempre y cuando se acredite que se cuenta con financiación para afrontar los gastos de desplazamiento y alojamiento del miembro externo adicional.

La Escuela de Doctorado comprobará que la propuesta de tribunal cursada se ajusta a lo dispuesto en el Reglamento antes citado y comunicará al director de la tesis y al coordinador académico del programa de doctorado, así como a los miembros titulares y suplentes del tribunal la composición de éste.

Nombrado el tribunal, el presidente convocará el acto de defensa pública de la tesis, comunicando a la Escuela de Doctorado el día, hora y lugar en el que se va proceder a la misma, que en todo caso no podrá ser antes de siete días naturales tras la finalización del periodo de depósito de la tesis.

En caso de renuncia justificada de alguno de los miembros del tribunal, la Escuela de Doctorado procederá a sustituirle por el suplente correspondiente. Caso de renunciar el presidente, ejercerá este papel el miembro del tribunal de mayor categoría académica y antigüedad en dicha categoría.

 

Tramitación de la defensa de la tesis doctoral

Tras la finalización de la tesis y con el visto bueno de su/s director/es, el doctorando la presentará ante la comisión académica del programa para su trámite ante la Escuela de Doctorado de la Universidad de La Laguna, acompañándola del resumen correspondiente en la forma y formato que establezca el Ministerio para su inclusión en las bases de datos pertinentes.

La comisión académica del programa de doctorado remitirá dos ejemplares de la tesis doctoral a la Escuela de Doctorado de la ULL, debiendo incluir:

a. La correspondiente autorización del director/es de la tesis.

b. El informe del tutor asignado por el programa de doctorado, en el caso que sea distinto al director.

c. El informe donde se haga constar la conformidad de la comisión académica del programa a la defensa pública de la tesis y en que deberá constar necesariamente que se reúnen los requisitos para poder proceder a su defensa.

d. La instancia de solicitud de mención de Doctor internacional, junto a la documentación correspondiente (recogida en el Reglamento de Enseñanzas Oficiales de Doctorado de la Universidad de La Laguna) en el supuesto de optar a ella.

La Escuela de Doctorado certificará mediante registro y sello que la tesis doctoral cumple los requisitos establecidos en el reglamento para su depósito durante el plazo de 15 días lectivos, en los términos que se establezcan en el calendario académico de cada curso, en la Secretaría General de la ULL.

Uno de los ejemplares permanecerá en depósito en esa Secretaría, quedando el segundo ejemplar en depósito en la Escuela de Doctorado. Durante el periodo de depósito, que se habilitará como periodo de información pública, cualquier doctor podrá realizar cuantas alegaciones y observaciones considere oportunas ante la Escuela de Doctorado, haciendo constar su conformidad o disconformidad a la defensa pública de la misma, así como
las sugerencias de mejora para subsanar deficiencias, todo ello con la finalidad de garantizar su calidad. La Escuela de Doctorado asegurará la publicidad de este periodo de información pública. Finalizado el plazo de información pública, la Escuela de Doctorado será la encargada de autorizar, si procede, la defensa de la tesis doctoral.

En el caso que durante el periodo de información pública se diesen disconformidad a la defensa o propuestas de mejora, la Escuela de Doctorado dará traslado de las mismas al doctorando y al director de la tesis, así como a la comisión académica del programa de doctorado correspondiente, quienes tendrán un plazo de 10 días lectivos para presentar las alegaciones oportunas ante la Escuela de Doctorado. La Comisión de Estudios de Posgrado resolverá a la vista de la documentación presentada si procede o no la defensa de la tesis en un plazo no superior a un mes, recabando, si así lo estima oportuno, el informe de especialistas. La Comisión de Estudios de Posgrado de la Universidad de La Laguna deberá informar de las razones de la denegación.

El acto de defensa deberá tener lugar en un plazo máximo de tres meses a partir de la autorización. Si finalizado este plazo no se ha procedido a la defensa, se deberá iniciar de nuevo el procedimiento.

La Escuela de Doctorado deberá darle al acto de defensa la publicidad adecuada, autorizándose a estos efectos el uso de cualquier medio de comunicación electrónico.

Una vez aprobada la tesis doctoral, la ULL se ocupará de su archivo en formato electrónico abierto en un repositorio institucional y remitirá, en formato electrónico, un ejemplar de la misma, así como toda la información complementaria que fuera necesaria al Ministerio correspondiente a los efectos oportunos.

En circunstancias excepcionales, como podrían ser la existencia de convenios de confidencialidad con empresas o la posibilidad de generación de patentes que recaigan sobre el contenido de la tesis, la ULL habilitará el procedimiento para asegurar la no publicidad de estos aspectos.

 

Defensa de la tesis doctoral

El acto de defensa de la tesis doctoral tendrá lugar en sesión pública durante el periodo lectivo del calendario académico. La defensa consistirá en la exposición por el doctorando/a de la metodología empleada, el contenido y las conclusiones de la tesis, haciendo especial mención de sus aportaciones originales.

La defensa de la tesis, además de en castellano, podrá hacerse en cualquier lengua oficial de la Unión Europea, garantizándose en este caso que el tribunal pueda evaluarla de forma adecuada y previa solicitud razonada dirigida a la Escuela de Doctorado, que estimará si procede lo solicitado. Los miembros del tribunal deberán expresar su opinión sobre la tesis presentada y podrán formular cuantas cuestiones y objeciones consideren oportunas, a las que el doctorando tendrá que responder. Asimismo, los doctores presentes en el acto público podrán formular al doctorando cuestiones y objeciones en el momento y la forma que señale el presidente del tribunal, que indicará el tiempo que se establece para este fin.

El tribunal que evalúe la tesis dispondrá del documento de actividades del doctorando, con las actividades formativas llevadas a cabo. Este documento de seguimiento no dará lugar a una puntuación cuantitativa, pero sí constituirá un instrumento de evaluación cualitativa que complementará la evaluación de la tesis doctoral. El tribunal emitirá un informe y la calificación global concedida a la tesis. De acuerdo a lo establecido en el artículo segundo del Real Decreto 534/2013, de 12 de julio, por lo que se modifica el Real Decreto 99/2011, la calificación global concedida a la tesis estará de acuerdo con la siguiente escala: No apto, aprobado, notable y sobresaliente. El tribunal podrá otorgar la mención de cum laude si la calificación global es de sobresaliente y se emite en tal sentido el voto secreto positivo por unanimidad. La ULL habilitará los mecanismos precisos para la materialización de la concesión final de dicha mención garantizando que el escrutinio de los votos para dicha concesión se realice en sesión diferente de la correspondiente a la defensa de la tesis doctoral. Ya está disponible la pertinente modificación normativa por la ULL, primero mediante una resolución del Rector o de la Rectora habiéndose aprobado la modificación de nuestro reglamento en el Consejo de Gobierno de 30 de enero de 2014, que está pendiente de su publicación en BOC. Recibidas ambas actas en la Escuela de Doctorado, el director de la misma resolverá, a la vista de la propuesta emitida por el tribunal que ha juzgado dicha tesis doctoral, sobre la concesión de la mención de Cum Laude a la tesis doctoral. En caso de resolución favorable a la concesión de la mención de Cum Laude, ésta se incorporará al expediente del doctorando. Tras la emisión de la resolución correspondiente, ésta será comunicada al interesado.

Todos los aspectos relacionados con la Mención Internacional en el título de Doctor, la presentación de la tesis doctoral en modalidad de compendio de publicaciones y el régimen de cotutela en la tesis doctoral están recogidos en el Reglamento de la ULL anteriormente citado.