Grado en Química

Juntas del Centro y Comisiones

La Junta de Facultad es el órgano máximo de representación y gobierno de la Facultad de Ciencias con competencias propias en materia de organización, coordinación y gestión. Le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:

  1. Definir y aprobar la política de actuación de la Facultad, tanto en lo que concierne a la docencia como en lo relativo a su régimen administrativo y económico.
  2. Aprobar los planes de ordenación docente de la Facultad y proponer e informar la modificación de sus planes de estudio.
  3. Aprobar la distribución de los fondos asignados a la Facultad con cargo a los Presupuestos de la Universidad de La Laguna.
  4. Supervisar y conocer la actuación de los órganos colegiados y unipersonales de gobierno de la Facultad y de sus servicios, de conformidad con lo previsto en el apartado segundo del presente artículo.
  5. Proponer la concesión de los honores y distinciones que se contemplan en el Reglamento correspondiente como expresión pública de su reconocimiento a las personas individuales o entidades de reconocido prestigio en la docencia, investigación y gestión en el campo de la Ciencia, o que hayan prestado servicios destacados a la Facultad de Ciencias en sus fines esenciales.
  6. Ejercer cualesquiera otras funciones que le asignen los órganos superiores de gobierno universitario o le reconozca la normativa vigente.

A fin de garantizar un funcionamiento más ágil y eficaz de la Facultad de Ciencias se han establecido las Secciones de Biología, Física, Matemáticas y Química. A efectos de organización interna se ha establecido que la adscripción de los títulos responsabilidad académica de la Facultad sea:

  • Sección de Biología: Grado en Biología
  • Sección de Física: Grado en Física
  • Sección de Matemáticas: Grado en Matemáticas
  • Sección de Química: Grado en Química y Grado en Ciencias Ambientales

Se entiende que son miembros de las Secciones respectivas todo el personal docente e investigador que imparta docencia en las titulaciones adscritas a ellas, el alumnado que se encuentre matriculado en las correspondientes enseñanzas y el personal de administración y servicios que desempeñe en ellas sus funciones. De acuerdo con el Reglamento de Régimen interno (RRI) del centro, cada Sección tiene autonomía para organizar su régimen de funcionamiento interno, sin perjuicio de las competencias en materia de control contempladas en el RRI y atribuidas a la Junta de Facultad.

Para más información consulte la web de la Facultad de Ciencias

Cada Sección cuenta con una Junta que estará presidida por la persona titular del Decanato, pudiendo delegar la presidencia en una de las personas que ocupe uno de los vicedecanatos. Asimismo, la Secretaría de cada Junta de Sección será ejercida por la persona que ocupe la de la Facultad, o por la persona que designe el titular del Decanato. Asimismo, cada Junta de Sección contará con un mínimo de miembros tal que permita su constitución, respetándose en su composición la proporción entre los distintos sectores que marca la normativa vigente.
Las Juntas de Sección deberán incluir en su composición un 51% de miembros pertenecientes al personal docente e investigador con vinculación permanente, que incluirá a quienes ejerzan la Dirección de los departamentos con al menos el 25% de su docencia en la Sección correspondiente y sean miembros de la Junta de Facultad. Asimismo, contarán con un 9% del personal docente e investigador con vinculación no permanente, un 30% de miembros en representación del sector del alumnado y un 10% de representantes del personal de administración y servicios, que serán elegidos por sus respectivos sectores de entre sus miembros en la Junta de Facultad que hayan sido electos por la circunscripción electoral correspondiente. En todos los casos deberán ser miembros de la Junta de Facultad.
La Junta de Facultad delega en las Juntas de Sección las competencias que se refieran exclusivamente a materias de interés propio de las respectivas Secciones, correspondiendo a cada Junta de Sección el conocimiento y resolución de cualquier otro asunto que la Junta de Facultad delegue expresamente en ella, con las salvedades recogidas en la normativa vigente. En las Juntas de Facultad de Ciencias se informará de los acuerdos adoptados por las Juntas de Sección celebradas previamente, pudiendo el Pleno revocar en todo momento la delegación efectuada, recuperando el ejercicio de las competencias delegadas.

Las Comisiones de la Facultad de Ciencias son:

  • Comisión Permanente
  • Comisión de Calidad
  • Comisión de Prácticas Externas (COPYPE)
  • Comisión de Movilidad
  • Comisión Políticas de Igualdad
  • Comisión Sostenibilidad
  • Comisión Valoración Premios Extraordinarios Fin de Titulación
  • Comisión de Evaluación Curricular por Compensación
  • Comisión Electoral

Las Comisiones específicas de la Sección de Química, son:

  • Comisión de Divulgación
  • Comisión “Mejor Tesis de Egresados de la Sección de Química”
  • Comisión de Reconocimiento de créditos
  • Comisión de Prácticas Externas (COPYPE) de la Sección
  • Comisión de Título del Grado en Ciencias Ambientales
  • Comisión de Trabajo Fin de Grado de Ciencias Ambientales
  • Comisión de Título del Grado en Química
  • Comisión de Trabajo Fin de Grado de Química

En el siguiente enlace puede consultar la composición de todas las Comisiones de la Junta de Facultad de Ciencias en vigor y las de cursos previos.