Exámenes

El estudiantado de la ULL debidamente matriculado tiene derecho a presentarse a dos convocatorias para las asignaturas del primer cuatrimestre, que tendrán lugar en enero y julio. Para las asignaturas del segundo cuatrimestre y anuales podrán concurrir a dos convocatorias de exámenes finales, que tendrán lugar en mayo y julio.

  • Asignaturas de primer cuatrimestre (septiembre a enero):
    • Enero
    • Julio
  • Asignaturas de segundo cuatrimestre (febrero a mayo) y asignaturas anuales:
    • Mayo
    • Julio

El periodo concreto de cada convocatoria, las fecha de renuncia a tribunales de 5ª y 6ª y demás información relacionada con los exámenes la puedes consultar en el Calendario Académico del Grado.

Para poder concurrir a las convocatorias mencionadas es requisito indispensable estar correctamente matriculado en el curso correspondiente.

En la convocatoria de julio el estudiante tiene derecho a concurrir a dos llamamientos, a celebrar en los meses de junio y julio. Así, la superación de la asignatura en el primer llamamiento (junio) impedirá volverse a presentar a subir la calificación en el segundo llamamiento (julio). Por el contrario, la no superación de la asignatura en el primer llamamiento da derecho, sin agotar convocatoria, a presentarse al segundo.

El Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional (BOE núm. 224, de 18 de septiembre de 2003), dispone en su exposición de motivos que “El sistema de calificación vigente en las universidades españolas difiere notablemente de los propugnados para la construcción del Espacio Europeo de Educación Superior, por lo que resulta pertinente su modificación. El sistema de calificación debe ser cuantitativamente formulado para facilitar su comparación con el sistema de grados de calificaciones del sistema de créditos europeos y el establecimiento de una distribución interna de las calificaciones otorgadas”.

En consonancia con la exposición de motivos, el artículo 5.4 del mencionado Real Decreto relativo al sistema de calificaciones, dispone que “Los resultados obtenidos por el alumno en cada una de las materias del plan de estudios se calificarán en función de la siguiente escala numérica de 0 a 10, con expresión de un decimal, a la que podrá añadirse su correspondiente calificación cualitativa»:

  • 0-4,9: Suspenso (SS)
  • 5,0-6,9: Aprobado (AP)
  • 7,0-8,9: Notable (NT)
  • 9,0-10: Sobresaliente (SB)

En cuanto a las Matrículas de Honor, el artículo 5.6 del Real Decreto establece que “podrá ser otorgada a alumnos que hayan obtenido una calificación igual o superior a 9.0. Su número no podrá exceder del cinco por ciento de los alumnos matriculados en una materia en el correspondiente curso académico, salvo que el número de alumnos matriculados sea inferior a 20, en cuyo caso se podrá conceder una sola Matrícula de Honor».

Por último, el apartado 6 del artículo 5 dispone que “Los créditos obtenidos por reconocimiento de créditos correspondientes a actividades formativas no integradas en el plan de estudios (es decir, actividades ajenas a la Oferta Oficial de Créditos de Libre Elección de la Universidad de La Laguna) no serán calificados numéricamente ni computarán a efectos de cómputo de la media del expediente académico”.