Pabellón de Gobierno, C/ Padre Herrera s/n
Apartado Postal 456
38200, San Cristóbal de La Laguna
Santa Cruz de Tenerife - España
Tel. Centralita: (+34) 922 31 90 00
Horario: L-V, 8:00 a 21:00 h
De conformidad con el Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, por el que se regulan los requisitos de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, las características básicas de la prueba de acceso y la normativa básica de los procedimientos de admisión, las personas mayores de 45 años de edad, que no posean titulación académica que les permita acceder a la universidad por otras vías de acceso, podrán acceder mediante la realización de un curso de acceso, denominado CAM-45, y posterior superación de una prueba específica (PAM-45).
Podrán concurrir las personas mayores de 45 años, o quienes cumplan o hayan cumplido los 45 años de edad en el año natural en que se celebre dicha prueba y no posean titulación académica que les permita acceder a la universidad por otras vías de acceso.
Se incluye en este apartado a aquellos titulados en bachilleratos anteriores al regulado en la Ley Orgánica 1/1990 de 3 de octubre de Ordenación General del Sistema Educativo, siempre que no tengan superadas pruebas de acceso a la universidad ni reúnan los requisitos para ello.
Quienes habiendo superado la PAM-25 o PAM-45 en el Distrito Único de Canarias deseen mejorar nota o cambiar de opción, podrán matricularse en los periodos establecidos en cada convocatoria.
Las personas que hayan superado la PAM-25 o la PAM 45 en otro distrito universitario podrán matricularse como personas aspirantes por primera vez.
La PAM45 se estructura en dos fases consecutivas y eliminatorias.
Tendrá como objetivo apreciar la madurez e idoneidad de los candidatos para seguir con éxito estudios universitarios, así como su capacidad de razonamiento y de expresión escrita. Comprenderá dos ejercicios escritos, que se corresponden con las materias cursadas en el CAM-45:
La entrevista tiene carácter eliminatorio y su realización es imprescindible para obtener el derecho de acceso a estudios universitarios.
Se basará en un cuestionario técnico elaborado por profesionales, cuyo objetivo será detectar las actitudes, cualidades y preferencias de las personas aspirantes para determinar los estudios universitarios que mejor encajan en su perfil e incrementar las expectativas de éxito.
La entrevista se desarrollará en dos fases:
Cada uno de los ejercicios de la fase general de la prueba se calificará con una puntuación de 0 a 10, expresada con dos cifras decimales, redondeada a la centésima más próxima, y, en caso de equidistancia, a la superior. La calificación final de esta fase será la media aritmética de los dos ejercicios de que consta la prueba.
Se entenderá que las personas aspirantes han superado la fase general cuando obtengan un mínimo de 5 puntos en la calificación final, no pudiéndose, en ningún caso, promediar cuando no se obtenga una puntuación mínima de 4 puntos en cada ejercicio. La no superación de la prueba impide acceder a la entrevista
La entrevista personal será valorada con la calificación de “Apto” o “No apto”.
La incomparecencia o no superación de la entrevista determina que en convocatorias posteriores será obligatorio realizar y superar nuevamente la primera fase de la prueba
En caso de disconformidad con las calificaciones obtenidas, el alumnado podrá formalizar reclamación, dirigida al Presidente del Tribunal evaluador, solicitando segunda corrección de aquellos ejercicios en que consideren aplicados de modo incorrecto los criterios de corrección y calificación establecidos por el tribunal, en el plazo de tres días hábiles a partir de la fecha de publicación de las calificaciones.
Las reclamaciones se presentarán on line, en el periodo indicado en la convocatoria correspondiente.
Los ejercicios serán revisados por un profesor o profesora especialista diferente del que realizó la primera corrección. En todo caso, la calificación será la que resulte de la media aritmética de las puntuaciones de ambas correcciones, será definitiva y publicada según establezca la convocatoria del curso al que corresponda.
La calificación definitiva se publicará en la página web de la Universidad.
Contra la calificación final obtenida cabe interponer recurso de alzada ante el Rector o la Rectora de la Universidad, y presentada en el Registro General de la ULL en el plazo de un mes a partir de su publicación.
Quienes hayan formalizado reclamación para segunda corrección de los ejercicios, podrán solicitar ver los exámenes reclamados. La solicitud se presentará online, en el periodo indicado en la convocatoria correspondiente, con indicación expresa de la materia o materias reclamadas. Se citará a los solicitantes con expresión de día y hora (dentro de los diez días siguientes). La citación se realizará en la web de la ULL. Los exámenes serán mostrados por la secretaria o el presidente del tribunal y no por los profesores correctores, ya que no se trata de una tercera corrección (no prevista en la normativa vigente).
Podrán volver a presentarse a la prueba de acceso:
Los estudiantes que deseen repetir la PAM-45 para subir nota deberán matricularse en el periodo ordinario de matrícula y en la forma prevista en la convocatoria anual, pudiendo optar entre matrícula completa que da derecho a recibir el curso de preparación y presentarse a la prueba, o a la matrícula que sólo da derecho a realizar la prueba.
Las personas aspirantes quedarán exentas de realizar la entrevista.
Se tomará en consideración la calificación obtenida en la nueva convocatoria, siempre que ésta sea superior a la anterior.
Si alguna persona matriculada presenta alguna diversidad funcional o necesidades específicas de apoyo educativo que requiera condiciones especiales en el momento del examen o durante la realización del curso preparatorio, deberá hacerlo constar en el momento de formalizar su solicitud de matrícula, especificando en detalle las medidas exactas de adaptación que necesite.
Esta solicitud deberá ir acompañada de la documentación acreditativa en el que conste el tipo y grado de pérdida funcional que presente el candidato o candidata, expedido por los servicios sociales de la comunidad autónoma correspondiente.