Admisión y Becas

Información de matrícula curso y prueba para mayores de 25 años

Información general matrícula mayores de 25 años

Solicitud de matrícula curso y prueba de acceso para mayores de 25 años.

  •  Plazo de presentación: pendiente de publicacion.

La matrícula con el abono correspondiente para la PAM-25 dará derecho a ser alumno o alumna del curso preparatorio de dicha prueba (CAM-25).

Las personas aspirantes deberán señalar la opción u opciones de su preferencia en el caso de la PAM-25. La matrícula se realizará a través del procedimiento establecido en la sede electrónica.

Quienes habiendo superado la PAM-25  en el Distrito Único de Canarias, deseen mejorar nota y/o cambiar de opción, y no desee repetir el curso preparatorio deberán matricularse en el periodo ordinario de matrícula.

En el caso de que la solicitud se presente para la mejora de nota de convocatorias anteriores, deberá indicar si desea recibir o no el curso de acceso (CAM-25).

Documentación necesaria

Conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre), la Universidad de La Laguna podrá recabar electrónicamente a través de sus redes corporativas o de una consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, salvo que la persona interesada se opusiera a ello, a través del procedimiento electrónico correspondiente, los documentos indicados en los apartados siguientes.

Las personas solicitantes no están obligadas a la presentación del Documento Nacional de Identidad (DNI) o del Número de Identificación de Extranjero (NIE). Su identificación se realizará mediante la “Credencial ULL” o certificado electrónico y la intermediación de datos, utilizando el Servicio de verificación y consulta de datos de identidad (SVDI) de la Plataforma de Intermediación de Datos (PID). En caso de que la persona interesada ejerciera el derecho de oposición indicado en el apartado primero, deberá presentar una copia de dichos documentos.

Documentación acreditativa de los estudios académicos en los que se justifique los estudios de mayor nivel superados por la persona solicitante.

En el caso de que los estudios previos realizados sean en el sistema educativo español, Universidad de La Laguna verificará electrónicamente el nivel de estudios realizados.

En caso de que la persona interesada ejerciera el derecho de oposición indicado en el apartado primero, deberá aportar un certificado de la consejería con competencias en educación de su comunidad autónoma en el que figure los estudios de mayor nivel superados por la persona solicitante.

En el caso de que los estudios previos realizados en un sistema educativo distinto al español, deberá aportar un certificado oficial emitido por el ministerio o representación consular competente donde se certifique el mayor nivel de los estudios superados por la persona solicitante. Dicho documento deberá estar legalizado por vía diplomática, y en caso de ser emitido en otro idioma, traducido al español.

Documentación acreditativa de los estudios académicos en los que se justifique los estudios de mayor nivel superados por la persona solicitante.

En caso de tener derecho a exención o bonificación de los precios públicos de matrícula, deberá presentar la documentación que acredite el mismo. Ver enlace.

No obstante, la Universidad de La Laguna podrá recabar por medios electrónicos la acreditación de la condición de persona con discapacidad o la condición de miembro de familia numerosa, salvo que la persona interesada se opusiera a ello, a través del procedimiento electrónico correspondiente.

Matrícula en más de una opción

Las personas aspirantes de la PAM-25 podrán elegir una o varias de las opciones de entre las cinco existentes. En el impreso de matrícula deberá señalar el orden de preferencia de las opciones seleccionadas.

Quien elija más de una opción, tendrá derecho a la docencia de las asignaturas de sus opciones, dentro de los horarios establecidos. En caso de incompatibilidad horaria mantendrá el derecho al acceso a las aulas virtuales y al horario de tutorías en igualdad de condiciones que el resto del alumnado.

Las personas aspirantes que se hayan matriculado en más de una opción deberán confirmar por escrito, antes de la fecha establecida en la correspondiente convocatoria, si desean mantener su matrícula en más de una opción o si desean renunciar a alguna de las opciones matriculadas.

Las renuncias presentadas una vez finalizado el plazo al que se refiere al punto anterior, no conllevará el derecho a devolución de las tasas y precios públicos.

Las personas aspirantes que se hayan matriculado en más de una opción, y que no hayan renunciado a alguna de las opciones matriculadas, conforme al punto segundo, deberán confirmar por escrito antes de la fecha establecida en la correspondiente convocatoria, a qué opción o que opciones se va presentar. En caso de que no haya confirmación se entenderá que la persona aspirante renuncia a presentarse a la opción u opciones en segunda y posteriores preferencias.

En el caso de que haya confirmado en el plazo establecido su deseo de presentarse a las dos opciones, el tribunal calificador establecerá el día o días en que deba examinarse de cada opción, dentro de las fechas de examen establecidas.

Precios públicos y exenciones matrícula

Anulaciones de matrícula

Anulación de la matrícula a instancia de parte.

La solicitud de anulación total o parcial de la matrícula a instancia de parte, efectuada hasta el 31 de octubre de 2025, conllevará la devolución de las cuantías abonadas en concepto de precio público por actividad docente. En todo caso, las devoluciones que procediesen, no incluirán los conceptos abonados por el seguro escolar, en su caso.

A partir del 1 de noviembre de 2025 las solicitudes de anulación total o parcial de la matrícula serán desestimadas, y no conllevará el derecho a devolución de las tasas y precios públicos.

Anulación de la matrícula de oficio por impago.

Se fija como plazo improrrogable para completar los abonos de todos los pagos fraccionados establecidos en el momento de formalizar la matrícula, y que no hayan sido abonados en el plazo correspondiente, con el correspondiente recargo del 5%, el 12 de diciembre de 2025. Quien no abone la totalidad de la matrícula antes de la finalización de este plazo, decae en su derecho de presentarse a la prueba, siendo anulada su matrícula de oficio.