Pabellón de Gobierno, C/ Padre Herrera s/n
Apartado Postal 456
38200, San Cristóbal de La Laguna
Santa Cruz de Tenerife - España
Tel. Centralita: (+34) 922 31 90 00
Horario: L-V, 8:00 a 21:00 h
Una vez conocidos los resultados de las pruebas de acceso, el alumnado puede solicitar la revisión de las calificaciones de los ejercicios en los que considere incorrecta la aplicación de los criterios generales de evaluación y los específicos de corrección.
El estudiante y, en su caso, el padre, la madre o la persona que lo represente, podrá solicitar a la presidencia del tribunal la revisión de la calificación obtenida en una o varias de las pruebas que componen la EBAU. El plazo de presentación de estas solicitudes será de tres días hábiles, contados a partir de la publicación de las calificaciones.
El procedimiento de reclamación de calificaciones, único e indivisible, se realizará en dos fases:
1ª.- En primer lugar, se revisará la posible existencia de errores materiales en la calificación, tales como errores en el cálculo de la calificación, apartados sin calificar, errores de transcripción u otros de naturaleza análoga. En tal caso, dichos errores serán subsanados íntegramente, consignándose la calificación subsanada como primera calificación a todos los efectos y esta nunca podrá ser inferior a la calificación inicial obtenida.
2ª.- Una vez concluida la revisión del punto anterior, la prueba será corregida por un profesor o una profesora del tribunal especialista en la materia, distinto al que realizó la primera corrección.
La revisión de las calificaciones deberá efectuarse en el plazo máximo de cinco días hábiles, contados a partir de la fecha de finalización del plazo de solicitud de revisión de calificaciones.
Asimismo, el alumnado que haya solicitado la revisión regulada en este apartado en una materia, tendrá derecho a ver el examen corregido tras la revisión, en el plazo de diez días, a contar desde el mismo día de publicación de la citada revisión, previa solicitud en el plazo que se establezca.
La resolución por la que se establecen las calificaciones definitivas pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo las personas interesadas recurrir potestativamente en reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado en el plazo de un mes o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, en ambos casos a partir del día siguiente a la publicación de las calificaciones definitivas. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Solicitud de reclamación de calificaciones
Plazo de presentación:
Se le solicitará el usuario (alu010xxx) y contraseña que recibió tras la confirmación de su matrícula en las pruebas de acceso.
VISTA DE EXÁMENES
El alumnado que haya solicitado la revisión de las calificaciones tendrá derecho a ver el examen . Para ello deberá solicitarlo de forma telemática en el plazo correspondiente.
Solicitud para ver examen
Plazo de presentación:
Las citas para la vista de exámenes se publicarán en las siguientes fechas:
Consulta de citas para ver examen (pulsar sobre el enlace)
La citación contendrá la relación de personas solicitantes y las materias objeto de este trámite, así como el lugar, la fecha y hora de la vista de exámenes.
Este trámite consiste en la puesta a disposición del alumnado, para su visualización, del examen corregido sin que en el mismo se puedan hacer anotaciones y/o modificaciones, ni fotocopias o fotografías del mismo. Se podrán realizar anotaciones en papel. El alumnado dispondrá de 10 minutos para la visualización de cada examen que haya solicitado. En ningún caso este trámite supone una nueva corrección.
Este trámite es personalísimo, debiendo el alumnado estar presente en el momento del llamamiento para la vista de los exámenes de cada materia. En el caso de alumnado menor de edad podrá acudir acompañado por su madre, padre, o por la persona que ejerza la tutela legal, debidamente acreditada.
En caso de estar ausente en el momento del llamamiento decaerá en su derecho a ver el examen.