Prácticas académicas externas
Voz de remisión. La LOSU les dedica un solo inciso: las prácticas académicas externas en los estudios de Grado y Máster Universitario constituyen una actividad de naturaleza plenamente formativa cuya finalidad es complementar la formación académica (art. 9.5). No establece su régimen jurídico, que queda al desarrollo reglamentario estatal —Real Decreto 592/2014— y a la normativa propia de cada universidad.
La inclusión de las personas en prácticas formativas en el sistema de la Seguridad Social se recoge entre los derechos del estudiantado (art. 33.o).
No deben confundirse con la mención dual y la contratación formativa en alternancia, que sí tienen régimen propio: véase Mención dual y contratación formativa.
Práctica en la ULL. Normativa propia aplicable: Reglamento de prácticas externas de la Universidad de La Laguna.
