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ULL Memento de la LOSU · Ley Orgánica 2/2023
Estás viendo la versión 1 de 18/08/2026 10:20, no la vigente.
nº 275

Artículo 36 · Deberes del estudiantado

El estudiantado universitario queda sujeto a los siguientes deberes:

  • a) Participar de forma activa y responsable en las actividades docentes y en las demás actividades universitarias.
  • b) Respetar la normativa universitaria, incluida la reguladora de la convivencia en el ámbito universitario, en los términos recogidos en la normativa específica.
  • c) Observar las directrices del profesorado y de las autoridades universitarias.
  • d) Respetar a los miembros de la comunidad universitaria, así como al personal de las entidades colaboradoras o que presten servicios en la universidad.
  • e) Ejercer, en su caso, las responsabilidades propias de los cargos de representación.
Memento de la LOSU · Universidad de La Laguna
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