Doctorado y escuelas de doctorado
El Gobierno fija por real decreto, previo informe de la Conferencia General y del Consejo de Universidades, las directrices y condiciones de los títulos oficiales (art. 8). Las enseñanzas oficiales se estructuran en tres ciclos —Grado, Máster Universitario y Doctorado—, cuya superación da derecho al título correspondiente; el doctorado se organiza a través de escuelas de doctorado (art. 9).
Jurisprudencia. STC 44/2023, de 9 de mayo.
Práctica en la ULL: pendiente de completar con el criterio de la Secretaría General y las remisiones a la normativa propia.
