Plantillas, planificación y formación del profesorado
El personal docente e investigador se compone del profesorado de los cuerpos docentes y del profesorado laboral, con el límite legal de temporalidad y la exigencia de mayoría de funcionariado (art. 64). Las universidades garantizan la formación docente inicial y continuada del profesorado (art. 67) y pueden contratar personal laboral por las modalidades específicas del ámbito universitario (art. 77). La mayoría de profesorado funcionario ha de alcanzarse en el plazo del plan de incremento del gasto (DT 6.ª), con mecanismos de adaptación para determinadas figuras (DT 8.ª).
Práctica en la ULL. Normativa propia aplicable: Directrices para la planificación y provisión de plazas (PPP); Reglamento de organización docente; Reglamento para la estabilización de personal investigador postdoctoral. Complete aquí el criterio de la Secretaría General.
