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ULL Memento de la LOSU · Ley Orgánica 2/2023
Estás viendo la versión 3 de 18/08/2026 19:26, no la vigente.
nº 1240

Universidades privadas

Pueden ser creadas por personas físicas o jurídicas con respeto a los principios constitucionales y sometimiento a esta ley (art. 96); se estructuran conforme a sus normas de organización y funcionamiento y deben contar con defensoría universitaria (art. 97); esas normas fijan sus órganos de gobierno y los procedimientos de designación y remoción (art. 98); su personal docente e investigador se rige por el Estatuto de los Trabajadores con las exigencias de doctorado y acreditación previstas (art. 99); y su régimen económico-financiero se sujeta a la normativa aplicable a su forma jurídica (art. 100).

Práctica en la ULL. Sin desarrollo reglamentario propio específico: se está a los Estatutos y a la normativa general. Complete aquí el criterio de la Secretaría General.

Memento de la LOSU · Universidad de La Laguna
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