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ULL Memento de la LOSU · Ley Orgánica 2/2023
nº 105

Artículo 2 · Funciones del sistema universitario

versión 1 · 18/08/2026 10:20 · Importación del texto consolidado del BOE · historial
  1. El sistema universitario presta y garantiza el servicio público de la educación superior universitaria mediante la docencia, la investigación y la transferencia del conocimiento.
  1. Son funciones de las universidades:
  • a) La educación y formación del estudiantado a través de la creación, desarrollo, transmisión y evaluación crítica del conocimiento científico, tecnológico, social, humanístico, artístico y cultural, así como de las capacidades, competencias y habilidades inherentes al mismo.
  • b) La preparación para el ejercicio de actividades profesionales que exijan la aplicación y actualización de conocimientos y métodos científicos, tecnológicos, sociales, humanísticos, culturales y para la creación artística.
  • c) La generación, desarrollo, difusión, transferencia e intercambio del conocimiento y la aplicabilidad de la investigación en todos los campos científicos, tecnológicos, sociales, humanísticos, artísticos y culturales.
  • d) La promoción de la innovación a partir del conocimiento en los ámbitos sociales, económicos, medioambientales, tecnológicos e institucionales.
  • e) La contribución al bienestar social, al progreso económico y a la cohesión de la sociedad y del entorno territorial en que estén insertas, así como a la promoción de las lenguas oficiales de las mismas, a través de la formación, la investigación, la transferencia e intercambio del conocimiento y la cultura del emprendimiento, tanto individual como colectiva, a partir de fórmulas societarias convencionales o de economía social.
  • f) La generación de espacios de creación y difusión de pensamiento crítico.
  • g) La transferencia e intercambio del conocimiento y de la cultura al conjunto de la sociedad a través de la actividad universitaria y la formación permanente o a lo largo de la vida del conjunto de la ciudadanía.
  • h) La formación de la ciudadanía a través de la transmisión de los valores y principios democráticos.
  • i) El fomento de la participación de la comunidad universitaria y de la ciudadanía en actividades promovidas por entidades de voluntariado y del tercer sector que se encuentren en línea con los principios y valores del sistema universitario.
  • j) Las demás funciones que se les atribuyan legalmente.
  1. El ejercicio de las anteriores funciones tendrá como referente los derechos humanos y fundamentales, la memoria democrática, el fomento de la equidad e igualdad, el impulso de la sostenibilidad, la lucha contra el cambio climático y los valores que se desprenden de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Citada en

  • nº 100 Artículo 1 · Objeto
  • nº 110 Artículo 3 · Autonomía de las universidades
  • nº 570 Artículo 95 · Régimen jurídico
  • nº 785 Disposición final séptima · Naturaleza de ley orgánica
  • nº 1070 Funciones del sistema universitario

En el índice analítico

Funciones del sistema universitario

Memento de la LOSU · Universidad de La Laguna
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