Personal técnico, de gestión y de administración y servicios
El PTGAS de las universidades públicas está formado por personal funcionario y laboral suficiente para los servicios (art. 89), con escalas propias por grupos de titulación y carrera profesional (art. 90). El acceso se produce por pruebas selectivas con publicidad, igualdad, mérito y capacidad (art. 91); la provisión atiende a las necesidades del servicio con las mismas garantías (art. 92); las retribuciones van a cargo del presupuesto de cada universidad (art. 93); y se garantizan planes plurianuales de formación y movilidad (art. 94). Antes del 31 de diciembre de 2024 debían articularse los procesos de estabilización conforme a la Ley 20/2021 (DT 9.ª).
Práctica en la ULL. Sin desarrollo reglamentario propio específico: se está a los Estatutos y a la normativa general.
