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ULL Memento de la LOSU · Ley Orgánica 2/2023
nº 270

Artículo 35 · Eficacia y garantía de los derechos

versión 1 · 18/08/2026 10:20 · Importación del texto consolidado del BOE · historial
  1. Las universidades garantizarán al estudiantado el ejercicio de sus derechos en el ámbito universitario, tanto en su dimensión individual, como colectiva. A tal fin, asegurarán la disponibilidad de procedimientos adecuados para su implementación y cumplimiento efectivos.
  1. Las universidades informarán al estudiantado de sus derechos en el ámbito universitario.
  1. Las universidades deberán garantizar la participación de la representación estudiantil en la elaboración de las diferentes normas que afectan al estudiantado.

Citada en

  • nº 1000 Convivencia y régimen disciplinario (en general)

En el índice analítico

Convivencia y régimen disciplinario

Memento de la LOSU · Universidad de La Laguna
Los textos entrecomillados proceden de fuente oficial. Las marcas y NO VERIFICADO señalan lo que no ha podido confirmarse.