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ULL Memento de la LOSU · Ley Orgánica 2/2023
nº 405

Artículo 62 · Consideración de los proyectos de investigación, desarrollo e innovación como unidades funcionales

versión 1 · 18/08/2026 10:20 · Importación del texto consolidado del BOE · historial

Siempre que sean autónomos en su objeto, los proyectos de investigación, desarrollo e innovación que hayan sido encomendados a las universidades públicas mediante contratos, resoluciones de concesión de subvenciones o cualquier otro instrumento jurídico tendrán la consideración de unidades funcionales separadas dentro de dichas universidades, a los efectos del cálculo del valor estimado que establece el artículo 101.6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

Citada en

  • nº 780 Disposición final sexta · Título competencial
  • nº 995 Contratación y entidades basadas en el conocimiento

En el índice analítico

Contratación y entidades basadas en el conocimiento

Memento de la LOSU · Universidad de La Laguna
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