Skip to main content
ULL Memento de la LOSU · Ley Orgánica 2/2023
nº 430

Artículo 67 · Formación

versión 1 · 18/08/2026 10:20 · Importación del texto consolidado del BOE · historial

Las universidades garantizarán la formación docente inicial y continuada de su profesorado. Asimismo, establecerán planes de formación inicial y de formación a lo largo de la vida que garanticen la mejora profesional de su personal docente e investigador, en los distintos ámbitos de especialización de la actividad universitaria, en el marco de la planificación estratégica y de las prioridades de las propias universidades en materia de formación.

Citada en

  • nº 1130 Plantillas, planificación y formación del profesorado

En el índice analítico

Plantillas, planificación y formación del profesorado

Memento de la LOSU · Universidad de La Laguna
Los textos entrecomillados proceden de fuente oficial. Las marcas y NO VERIFICADO señalan lo que no ha podido confirmarse.