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ULL Memento de la LOSU · Ley Orgánica 2/2023
nº 755

Disposición final primera · Modificación de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de la Administraciones Públicas

versión 1 · 18/08/2026 10:20 · Importación del texto consolidado del BOE · historial

El apartado 1 del artículo cuarto de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, queda redactado como sigue:

«1. Podrá autorizarse la compatibilidad, cumplidas las restantes exigencias de esta ley, para el desempeño de un puesto de trabajo en la esfera docente como Profesor universitario asociado en régimen de dedicación no superior a la de tiempo parcial.»

Redactada conforme a la corrección de erratas publicada en BOE núm. 87, de 12 de abril de 2023. Ref. BOE-A-2023-9044

Citada en

Jurisprudencia asociada

  • STS de 1 de julio de 2025 (Sala Tercera, Secc. 4.ª) · fuente
    Rec. 5313/2023. Ponente: Delgado-Iribarren García-Campero. Doctrina casacional: la figura de profesor sustituto interino con dedicación parcial es subsumible en la previsión de compatibilidad que el art. 4 de la Ley 53/1984 establece para el profesorado asociado; la equiparación acordada por una universidad al amparo de su autonomía surte efectos internos y sirve como criterio interpretativo, pero no vincula a la Administración en la que presta servicios quien solicita la compatibilidad.
  • STS de 26 de octubre de 2020 (Sala Tercera, Secc. 4.ª) · fuente
    Rec. 2344/2018. Doctrina: el art. 16.4 de la Ley 53/1984 y la DA 5.ª del Real Decreto-ley 20/2012 no se aplican al profesorado universitario a tiempo completo, sometido a incompatibilidad absoluta con independencia de que perciba o no complemento específico y de su cuantía, sin perjuicio del art. 19 de la propia Ley y de los contratos del art. 83 LOU (hoy art. 60 LOSU). Asimila esa dedicación a la de «especial dedicación» del art. 16.1.
  • STS de 4 de octubre de 2016 (Sala Tercera) · fuente
    Protocolo del Máster de Abogacía entre la Universidad de Zaragoza y el Colegio de Abogados: los funcionarios docentes a tiempo completo están afectados por causa de incompatibilidad explícita, sin que los contratos del art. 83 LOU amparen un ejercicio profesional estable.
  • STSJ de Andalucía (Sevilla, C-A) de 31 de enero de 2001 · fuente
    Rec. 3289/1997. En el mismo sentido que la doctrina posterior del Tribunal Supremo: la reforma del art. 16.4 por la Ley de Presupuestos para 1992 no altera las incompatibilidades del personal docente a tiempo completo.

En el índice analítico

Incompatibilidades

Memento de la LOSU · Universidad de La Laguna
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