Pabellón de Gobierno, C/ Padre Herrera s/n
Apartado Postal 456
38200, San Cristóbal de La Laguna
Santa Cruz de Tenerife - España
Tel. Centralita: (+34) 922 31 90 00
Horario: L-V, 8:00 a 21:00 h
La documentación presentada deberá incorporar las firmas electrónicas o manuscritas con su sello correspondiente y traducida al castellano, en su caso. En ningún caso, se admitirán capturas de pantalla.
El incumplimiento de los aportados anteriores conllevará la exclusión de la solicitud del procedimientos de preinscripción, sin perjuicio de lo previsto para el trámite de alegaciones.
La detección de cualquier falsedad en la solicitud presentada por el alumno o en la documentación que la acompaña supondrá su exclusión automática del procedimiento. No tendrán efectos los acuerdos de adjudicación de plaza si la falsedad se detecta después de publicarse las listas correspondientes, sin perjuicio de las demás responsabilidades en que incurra el solicitante.
Conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre), y en el artículo 41 del Reglamento de la sede electrónica de la Universidad de La Laguna (BOULL nº 13, de 4 de febrero de 2025), la ULL podrá consultar o recabar dichos documentos por medios electrónicos salvo que la persona interesada se opusiera a ello, a través del procedimiento electrónico correspondiente.
Las personas solicitantes no están obligadas a la presentación del Documento Nacional de Identidad (DNI) o del Número de Identificación de Extranjero (NIE). Su identificación se realizará mediante la “Credencial ULL” o certificado electrónico y la intermediación de datos, utilizando el Servicio de verificación y consulta de datos de identidad (SVDI) de la Plataforma de Intermediación de Datos (PID).
Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la ULL podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada o la acreditación del cumplimiento de los requisitos, para lo que se podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.
Los estudiantes del Grupo A no presentarán documentación alguna, salvo que soliciten, además, plaza por los cupos de reserva para estudiantes con discapacidad y/o deportistas de alto nivel o alto rendimiento, en cuyo caso tendrán que acreditar tal condición.
Los estudiantes del Grupo B deberán aportar la documentación académica requerida según el cupo de acceso al que pertenezca. En el caso de que soliciten, además, plaza por los cupos de reserva para estudiantes con discapacidad y/o deportistas de alto nivel o alto rendimiento, tendrán que acreditar tal condición.
Las personas solicitantes que estén posesión de DNI o NIE, NO es necesario que presenten dicha documentación.
Las personas solicitantes que NO posean DNI o NIE, deberán presentar el pasaporte en vigor o documento equivalente.
Los estudiantes del Grupo B, además de la documentación general, deberán aportar la documentación académica que se expresa a continuación:
1.- Bachillerato:
2.- Formación Profesional de Grado Superior:
3.- Bachillerato Europeo, Bachillerato Internacional y Sistemas educativos de Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados con los que se hayan suscrito acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad, siempre que cumplan los requisitos académicos exigidos en sus sistemas educativos para acceder a sus Universidades:
4.- Estudios extranjeros homologados no incluidos en el apartado anterior:
Los estudiantes sin acreditación de la UNED no podrán solicitar plaza en preinscripción pero sí podrán acceder a los grados de la ULL, si quedaran plazas vacantes, después de concluido el procedimiento ordinario y extraordinario de preinscripción. Directamente se matricularán en la secretaría del centro donde se imparta el grado elegido, en el mes de septiembre, según riguroso orden de llegada. La credencial de homologación será el título que le faculte para el ingreso en los estudios de grado españoles. En caso de no especificarse en dicha credencial la nota media de los estudios cursados, ésta será de 5 puntos.
Los estudiantes del Grupo B, además de la documentación general, deberán aportar la documentación académica que se expresa a continuación:
Alumnado con título universitario español:
Alumnado con título universitario extranjero:
Los estudiantes del Grupo B, además de la documentación general, deberán aportar la documentación académica que se expresa a continuación:
En el caso de acceso por el cupo para mayores de 45 años, solamente serán baremados aquellos que hayan superado la prueba de acceso específica en las Universidades Públicas Canarias.
Certificación expedida por la universidad donde conste la superación de la prueba de acceso.
Tanto los estudiantes del Grupo A como los del Grupo B que quieran acceder por este cupo de reserva tendrán que reunir los requisitos académicos correspondientes del cupo al que pertenezca su acceso a la universidad y por el que solicita plaza, estando obligados a aportar uno de los documentos siguientes:
Informe psicopedagógico emitido por el Departamento de Orientación del centro donde cursó Bachillerato o Formación Profesional, que acredite las necesidades especiales atendidas y por las que precisó de recursos y apoyos para su plena normalización educativa. En su defecto, deberá aportar informe acreditado por el Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógico (EOEP) de la Consejería con competencias en educación de la Comunidad Autónoma correspondiente. En este caso la documentación presentada será valorada por la Comisión de Preinscripción.
Certificación del órgano competente de la Comunidad Autónoma de Canarias en la que se acredite la discapacidad y se indique el porcentaje de la misma. En caso de proceder de otras Comunidades el reconocimiento debe emitirse por el órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente, en idénticos términos de contenido
Tanto los estudiantes del Grupo A como los del Grupo B que quieran acceder por este cupo de reserva tendrán que reunir los requisitos académicos correspondientes del cupo al que pertenezca su acceso a la universidad y por el que solicita plaza, estando obligados a aportar la siguiente documentación:
Deportistas de alto rendimiento: Certificación del Consejo Superior de Deportes, del órgano competente de la Comunidad Autónoma, o publicación en el Boletín Oficial correspondiente, según el caso, donde se le reconozca la condición de deportista de alto rendimiento.
Deportistas autóctonos de alto nivel de Canarias: Certificación del órgano competente de la Comunidad Autónoma de Canarias, o publicación en el Boletín Oficial de Canarias, donde se le reconozca la condición de deportista autóctono de alto nivel de Canarias.
Deportistas de alto nivel: Resolución de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, publicada en el BOE, en que se le reconoce la condición.