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Última actualización:
(Aprobado por el Consejo de Gobierno el 01 de octubre de 2024)
El Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad en su artículo 23, dedicado a programas de enseñanzas de grado con itinerario académico abierto, habilita a las universidades para que puedan ofertar programas formativos que le permita al estudiantado cursar asignaturas de dos o más títulos universitarios oficiales de Grado que pertenezcan al mismo ámbito de conocimiento o a ámbitos del conocimiento afines.
Con esta posibilidad, la Universidad La Laguna en su objetivo de ofrecer alternativas de formación que mejoren la oferta disponible, posibilita que el estudiantado pueda iniciar sus estudios universitarios sin necesidad de decidir inmediatamente que grado cursar, mediante la propuesta de programas de grado abierto.
Para la puesta en marcha de estos programas de grado abierto resulta necesario regular determinados aspectos en nuestra universidad a través del presente reglamento.
El presente reglamento tiene como objeto la regulación de los Programas de enseñanzas de Grado con Itinerario Académico Abierto (PIAA), de acuerdo con lo previsto en el artículo 23 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre.
Aparte de las disposiciones específicas previstas en este reglamento, al estudiantado admitido en el programa les será de aplicación la normativa académica general de la Universidad de La Laguna.
Los PIAA tienen como finalidad flexibilizar la formación inicial del o de la estudiante que inicia sus estudios universitarios, cursando asignaturas de dos o más títulos universitarios oficiales de Grado del mismo ámbito o ámbitos de conocimiento afines.
Los PIAA deberán tener una carga crediticia de entre 60 y 120 créditos para los títulos de Grado, distribuidos uniformemente entre cuatrimestres. Dichos créditos corresponderán a asignaturas de formación básica de las enseñanzas universitarias que conforman el programa y de aquellas otras obligatorias de los respectivos planes de estudios. Los créditos del PIAA se deberán cursar por el estudiantado en los dos primeros cursos del Grado.
Al finalizar el PIAA cada estudiante podrá continuar sus estudios en uno de los títulos universitarios oficiales de Grado incluidos en el PIAA. Tendrá garantizada la admisión en el Grado de su elección incluido en el PIAA, siempre que su nota de admisión sea igual o superior a la nota mínima de admisión de su vía de acceso en ese grado en el curso en que fue admitido en el PIAA. Continuar en el Grado elegido nunca supondrá un incremento de créditos o cursos académicos.
Una vez finalizado el PIAA se le aplicarán los reconocimientos de créditos que procedan, de acuerdo con la tabla de reconocimientos correspondiente. Si la titulación en la que continua pertenece a un centro diferente de aquel en el que se encuentra matriculado, se realizará de oficio el traslado de expediente administrativo.
Al acabar sus estudios en ese título universitario oficial de Grado, el o la estudiante podrá solicitar la Mención «título universitario oficial de Grado incluido en un Programa con Itinerario Académico Abierto».
Las propuestas de los PIAA serán elaboradas por los equipos decanales o de dirección responsables de los Grados que participen en el PIAA y deberán ser aprobadas por las juntas de centros responsables de dichos Grados.
El PIAA no podrá implicar un aumento de la plantilla docente, ni ningún coste económico adicional para la universidad.
La persona responsable del centro que asuma la coordinación académica del PIAA remitirá al vicerrectorado con competencias en titulaciones para su estudio y análisis:
Memoria del PIAA según el modelo del Anexo I.
Las certificaciones de los acuerdos de las juntas de centros implicados.
Informe favorable del Sistema Interno de la Garantía de la Calidad.
La Comisión delegada de Consejo de Gobierno aprobará anualmente un calendario para la tramitación de los PIAA.
El vicerrectorado con competencias en titulaciones será el responsable de su comunicación a la Agencia Canaria de Calidad Universitaria y Evaluación Educativa (ACCUEE), al Consejo de Universidades y a la Comunidad Autónoma, previa aprobación por el Consejo de Gobierno.
Una vez aprobados por el Consejo de Gobierno, los PIAA se podrá ofertar en el curso académico siguiente.
Con el fin de facilitar las distintas gestiones académicas y administrativas, las propuestas de PIAA deberán incluir un centro responsable de la tramitación y custodia del expediente académico del alumnado.
En el momento en el que el o la estudiante opte por el Grado de destino el expediente académico, se trasladará al centro responsable del Grado definitivo, en su caso.
La impartición de las asignaturas escogidas por el estudiantado tendrá lugar en el centro que corresponda según las disciplinas que seleccione.
El alumnado se incorporará a los grupos comunes de cada grado escogido. Sin embargo, constituirá un grupo propio en las actas oficiales de calificaciones.
El centro responsable contará con una persona que coordine el programa, que será la referencia para aclarar cualquier duda y proponer las mejoras que deriven de las observaciones y sugerencias del alumnado.
Cada uno de los centros implicados en un PIAA nombrará una persona responsable del grado abierto.
Cada estudiante contará con el asesoramiento y orientación de una persona que se encargará de su tutorización académica a lo largo del programa, hasta la elección del Grado de destino. Esta persona será, preferentemente, la misma que se le haya asignado en el Plan de Orientación y Acción Tutorial (POAT).
Cada PIAA tendrá una comisión académica que será la encargada de evaluar los resultados obtenidos en el curso anterior y planificar el curso siguiente.
La comisión académica estará formada, al menos, por:
a) La persona responsable de la coordinación del programa que actuará de presidenta.
b) Una persona representante del equipo decanal o de dirección del centro responsable del programa.
c) Las personas responsables del programa en cada uno de los centros que forman el programa.
d) Una persona en representación del estudiantado del programa.
e) La persona responsable de la secretaria administrativa del centro encargado de la gestión administrativa del PIAA que actuará de secretaría.
La comisión académica tendrá, al menos, una reunión anual para la evaluación de los resultados obtenidos en el curso anterior, la planificación del curso siguiente y la asignación de tutores/as académicos/as.
La comisión de calidad del centro responsable del PIAA será la responsable del seguimiento de los resultados y la evolución del PIAA. La comisión académica elaborará anualmente un informe de seguimiento para remitirle a la comisión de calidad. De este informe emanarán las acciones correctivas y propuestas de mejora que permitan alcanzar los objetivos previstos y la mejora del programa.
El Consejo de Gobierno aprobará para cada curso académico un cupo de admisión dentro de cada Grado para el estudiantado que desee seguir los diferentes PIAA. Estos cupos no podrán superar en ningún caso el 10% del límite de plazas de nuevo ingreso más bajo que tuvieran los títulos de Grado incluidos en el itinerario abierto correspondiente.
La solicitud de admisión para cursar un programa se realizará por el procedimiento general de preinscripción establecido para el resto de las titulaciones ofertadas por la Universidad de La Laguna.
El estudiantado admitido por primera vez deberá cursar en régimen de dedicación a tiempo completo 60 créditos.
En el momento de ser admitido, el alumnado se matriculará de una asignatura genérica de 30 créditos ECTS en cada cuatrimestre.
Una vez seleccionadas las asignaturas y antes del comienzo de las clases, el alumnado solicitará en el centro responsable la asignación en su expediente de dichas asignaturas.
Después de la formalización de matrícula en el Grado abierto y antes del comienzo de las clases, el estudiantado será convocado a unas sesiones de bienvenida específicas para el PIAA. En estas sesiones, la persona coordinadora del programa comunicará al estudiantado la identidad de la persona que realizará su tutorización académica y que lo/a asesorará en cuanto a las opciones y orientación de su proyecto académico dentro del PIAA.
La persona que realice la tutorización académica mantendrá un mínimo de tres entrevistas durante el curso académico: la primera entrevista, para la selección de materias que cursará el estudiantado, la orientación en cuanto a la elección de grupos/horarios y la planificación general del estudio; la segunda entrevista, al final del primer cuatrimestre, para valorar la evolución del estudiantado, detectar posibles problemas, y orientar el estudio en el segundo cuatrimestre; la tercera entrevista, al finalizar el curso académico, para valorar su evolución y asesorarlo, o, en su caso, para la elección del grado de destino por el alumnado.
El alumnado deberá superar en el curso académico el número mínimo de créditos que establece la Normativa de permanencia y progreso de la Universidad de La Laguna.
A efectos de permanencia, cada curso académico que el o la estudiante se matricule en el PIAA consume una unidad de permanencia.
Una vez finalizado el PIAA, el estudiantado podrá escoger cualquiera de los Grados que forman parte del programa.
El alumnado podrá solicitar el reconocimiento de los créditos de las asignaturas superadas según el procedimiento establecido en el PIAA. La solicitud se presentará en el centro del Grado de destino y se resolverá por el decanato o la dirección.
Se habilita a la Comisión delegada de Docencia del Consejo de Gobierno para la interpretación y resolución de las cuestiones que se planteen en la aplicación de este reglamento, así como para dictar cuantas disposiciones sean precisas para su aplicación y desarrollo.
Esta normativa entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad de La Laguna.
Modelo de Memoria de Programas de Enseñanzas de Grado con Itinerario Académico Abierto (PIAA)
1.1. Denominación del PIAA
1.2. Títulos de Grados vinculados al PIAA
Código RUCT | Denominación | Ámbito de conocimiento
1.3. Duración y créditos ECTS
Créditos ECTS:
Números de cursos:
1.4. Universidad
Universidad de La Laguna
1.5. Centro responsable
Código RUCT | Denominación
1.6. Curso de implantación
2.1. Normativa académica sobre el PIAA
2.2. Requisitos de acceso
2.3. Números de plazas ofertadas
2.4. Número de créditos en el que debe matricularse el estudiante
3.1. Breve justificación del diseño de la propuesta formativa
3.2. Itinerario formativo propuesto
Curso | Cuatrimestre | Asignatura | ECTS | Carácter | Grado vinculado
Asignaturas del PIAA | Carácter | ECTS | Asignaturas del Grado X1 Código (ECTS) | Asignaturas del Grado X2 Código (ECTS) | Asignaturas del Grado X3 Código (ECTS)
Esta norma no tiene relaciones con otras normas.