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Reglamento Vigente

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DEL SERVICIO DE DEPORTES

REG-0023

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Última actualización:




Número: REG-0023
Fecha Aprobación: 10 febrero, 2000
Categoría: deportes

NATURALEZA Y COMPOSICIÓN

Artículo 1

  1. El Servicio de Deportes de la Universidad de La Laguna es único y comprende todas las instalaciones deportivas existentes en dicha universidad, así como el personal adscrito al mismo.
  2. Las instalaciones serán utilizadas para fines deportivos, quedando expresamente excluido cualquier otro uso.

Artículo 2

  1. El Servicio de Deportes de la Universidad de La Laguna es el responsable de organizar la oferta práctica y educativa de las actividades físico-deportivas, dirigida a todos los miembros de la comunidad universitaria.
  2. Su actividad está basada en una clara vocación de servicio a la comunidad universitaria, fundamentada en los principios de autonomía y participación.

FINES DEL SERVICIO DE DEPORTES

Artículo 3

Son fines del Servicio de Deportes de la Universidad de La Laguna, además de los contenidos en los Estatutos de la Universidad, los siguientes:

  1. Ofrecer a los miembros de la comunidad universitaria una oferta amplia de actividades físico-deportivas, con el fin de contribuir a una formación y desarrollo integral.
  2. Fomentar, entre los miembros de la comunidad universitaria, la práctica de actividades físicas y deportivas.
  3. Adaptar la oferta de actividades físico-deportivas a las necesidades e intereses de los miembros de la comunidad universitaria.
  4. Difundir dentro y fuera de la universidad una cultura deportiva basada en la satisfacción y diversión, e impulsar a los ciudadanos a la práctica de la misma.
  5. Fomentar e impulsar el deporte autóctono en el seno de la comunidad universitaria.
  6. Promover y priorizar la práctica de actividades formativas y cooperativas, frente a las de alto rendimiento y competición, sin desproteger éstas.
  7. Fomentar el estudio y difusión del conocimiento relacionado con las actividades físicas y el deporte, en coordinación con las unidades de docencia e investigación relacionadas con este ámbito de estudio.
  8. Apoyar las tareas docentes e investigadoras relacionadas con la educación física y el deporte, facilitando el uso de los medios e instalaciones deportivas adscritos al Servicio de Deportes.

Artículo 4

Para el cumplimiento de sus fines el Servicio de Deportes realizará las siguientes tareas:

  1. Programar, organizar, coordinar y desarrollar las actividades físicas y deportivas que se deriven en su ámbito de competencias.
  2. Difundir en cada curso académico el programa de actividades físico-deportivas correspondiente, entre la comunidad universitaria.
  3. Velar por el mantenimiento y la mejora de los servicios, las instalaciones y el equipamiento de que dispone.
  4. Gestionar los recursos económicos propios para el mantenimiento y aplicación de los programas de actividades, con criterios de eficacia y ahorro.
  5. Conseguir recursos complementarios de entidades públicas y privadas, mediante convenios suscritos con la Universidad o acuerdos de otra naturaleza.
  6. Gestionar la adquisición y dotación de recursos humanos, técnicos y económicos necesarios para la consecución de sus fines y la realización de sus funciones. Para ello podrá proponer una implicación económica de los usuarios cercana al valor del coste de las diferentes actividades y servicios.
  7. Aprovechar los avances del conocimiento y de la tecnología para simplificar y acercar la gestión y administración del Servicio de Deportes a los miembros de la comunidad universitaria.

ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO DE DEPORTES

Artículo 5

  1. El Servicio de Deportes está compuesto por un director/a y por las áreas en las que aquel se divide.
  2. Las áreas son las unidades en las que se estructura el Servicio de Deportes para el mejor cumplimiento de sus fines.
  3. Son áreas del Servicio de Deportes las siguientes: de actividades, de instalaciones, de administración, de competición y cualquier otra que se considere oportuno crear de acuerdo con las necesidades del mismo. Cada área será dirigida por un coordinador/a.

Artículo 6

  1. Cada área tendrá unas funciones específicas.
  2. A partir de los objetivos y el plan de actividades de cada curso, el director/a del Servicio definirá las tareas de cada área.

Artículo 7

  1. El área de administración contará con un Administrador/a y un colaborador/a, bajo la dependencia orgánica de la Gerencia y funcional del Director/a del Servicio de Deportes.
  2. Corresponde al Administrador la gestión económica y administrativa del Servicio de Deportes y la ejecución por delegación del Director/a de los trámites relativos a esta materia.

Sección 1. El Director/a del Servicio de Deportes

Artículo 8

  1. El director/a del Servicio de Deportes será nombrado por el Rector/a, a propuesta del Vicerrector/a correspondiente, entre los miembros del personal adscrito al mismo.

Artículo 9

Son competencias del Director/a del Servicio de Deportes, las siguientes:

  1. Dirigir, coordinar, organizar y supervisar las tareas desarrolladas en el Servicio de Deportes, siendo el responsable de su funcionamiento.
  2. Informar al Vicerrector/a correspondiente de las necesidades, decisiones y acciones que afecten al Servicio de Deportes.
  3. Nombrar, entre los miembros de cada área de funcionamiento, a un coordinador/a.
  4. Coordinar y dinamizar el trabajo de las distintas áreas.
  5. Comunicar al personal del Servicio de Deportes todas las disposiciones legales, normas e información relacionada con las materias de su área.
  6. Proponer las modificaciones que afecten a la plantilla del Servicio de Deportes.
  7. Elaborar una memoria anual que contenga la evaluación del Plan de actuación del Servicio.
  8. Diseñar y proponer el proyecto de actividades y presupuesto de gastos e ingresos para cada curso académico, que será aprobado por la Comisión Delegada de Junta de Gobierno de Educación Física y Deportes.
  9. Llevar a cabo un seguimiento de los gastos e ingresos del Servicio de Deportes.
  10. Difundir la información relativa a las actividades del Servicio de Deportes.
  11. Coordinar la identificación de las necesidades del Servicio de Deportes e informar de las mismas.

Sección 2. Las áreas del Servicio de Deportes

Artículo 10

Son funciones de los coordinadores/as de cada área las siguientes:

  1. Informar al Director/a del servicio de los asuntos de la misma.
  2. Organizar, junto al Director/a del Servicio, las actividades de su área.
  3. Realizar las propuestas a incluir en el Plan de actuación de cada curso y elaborar una memoria y evaluación parcial de las actividades del área.
  4. Elaborar las propuestas presupuestarias de su área y supervisar el desarrollo del mismo. Dar publicidad sobre las actividades de su área.
  5. Los coordinadores de cada área realizarán, además de las tareas propias de su área, aquellas otras que, por necesidades del Servicio, les encomiende el Director.
  6. El coordinador del área de Instalaciones, además, será el responsable de asignar las tareas a todo el personal destinado en la misma y supervisar su cumplimiento.
  7. El coordinador del área de Actividades, será responsable de dar a conocer a los Monitores/Entrenadores los criterios y normas de funcionamiento de cada actividad y de supervisar su correcto cumplimiento.

Artículo 11

Son funciones del área de actividades las siguientes:

  1. Diseñar, organizar y ejecutar todos los programas de actividades de promoción deportiva y recreación.
  2. Desarrollar y supervisar los programas de actividades.
  3. Elaborar junto con el Director/a del Servicio el baremo de selección de monitores y entrenadores, que será aprobado por la Comisión Delegada de Junta de Gobierno de Educación Física y Deportes. Dar publicidad de la oferta de tareas a desempeñar.
  4. Seleccionar entre los interesados aquellos que obtengan mayor puntuación, con el visto bueno del director/a.
  5. Dar publicidad de las actividades programadas.
  6. Evaluar los programas de actividades realizadas en cada curso mediante una memoria, que se incluirá en la memoria anual del Servicio.
  7. Coordinar con el área de Instalaciones las disponibilidades y horarios de ésta para realizar la programación de las actividades.
  8. Coordinar con el área de Administración, los aspectos de información, inscripción y gestión administrativa de los programas de actividades.
  9. Organizar y coordinar actividades de intercambio deportivo, jornadas de puertas abiertas y demostraciones, en el ámbito de las actividades físico-deportivas.
  10. Gestionar el servicio de biblioteca, videoteca y documentación del servicio de Deportes, así como los servicios de consultas técnico-deportivas.

Artículo 12

Son funciones del área de Competición las siguientes:

  1. Organizar y supervisar las competiciones deportivas realizadas en el ámbito de la Universidad de La Laguna.
  2. Evaluar el desarrollo de las competiciones, y comunicar los resultados de la evaluación al Director/a del Servicio.
  3. Realizar las gestiones necesarias para determinar la implicación de las distintas entidades deportivas, públicas o privadas (Federaciones, Colegios de Árbitros, etc.), en el desarrollo de las competiciones.
  4. Gestionar la publicidad de las competiciones.
  5. Informar a los inscritos/as de las características y condiciones de desarrollo de las competiciones.
  6. Coordinar con el área de Instalaciones las disponibilidades de horarios e instalaciones propias y ajenas, así como el material deportivo que se precise para el desarrollo de las competiciones.
  7. Coordinar con el área de administración, los aspectos de información, inscripción y gestión administrativa de las competiciones.
  8. Proponer y realizar los programas, normas y calendarios correspondientes para cada competición.
  9. Constituir y formar parte de los Comités de Competición y Apelación de las competiciones.
  10. Realizar las tareas necesarias para la formación de las selecciones que representen a la Universidad de La Laguna en las distintas competiciones en que esta participe.

Artículo 13

Son funciones del área de Instalaciones las siguientes:

  1. Elaborar propuestas, junto al Director/a del Servicio, sobre programas de inversiones referentes a instalaciones y equipamiento.
  2. Realizar el seguimiento del estado de las instalaciones y velar por su mantenimiento y buen funcionamiento.
  3. Proponer el sistema de control de acceso de personas a las instalaciones deportivas y otras dependencias.
  4. Elaborar, organizar y supervisar los planes de mantenimiento de las instalaciones.
  5. Gestionar y supervisar las tareas de mantenimiento y reparación de instalaciones y equipamiento deportivo.
  6. Gestionar y supervisar la adquisición de material deportivo. Elaborar y mantener actualizado el inventario del mismo.
  7. Custodiar las llaves de las dependencias de oficinas e instalaciones, así como de su control y distribución.
  8. Proponer y supervisar el cumplimiento de las normas de uso de las instalaciones deportivas y demás dependencias del Servicio de Deportes, así como del equipamiento y material deportivo, con el visto bueno de la Comisión Delegada de Junta de Gobierno de Educación Física y Deportes.
  9. Organizar y supervisar los trabajos del personal relacionado con el control de acceso y uso de las instalaciones deportivas.
  10. Realizar las gestiones necesarias para que se puedan desarrollar todos los programas de competiciones y actividades deportivas, en coordinación con las respectivas áreas.
  11. Estudiar y valorar los costos de uso de instalaciones ajenas a la universidad.
  12. Organizar, atender y supervisar los sistemas de reserva de instalaciones, así como el control de acceso y uso.
  13. Diseñar y organizar la publicidad de las normas de reserva y de uso del material deportivo y de las instalaciones.
  14. Informar a los usuarios/as de las características y condiciones de reserva y de uso del material deportivo y de las instalaciones.

Artículo 14

Son funciones específicas del área de Administración las siguientes:

  1. Gestionar las tareas administrativas relacionadas con presupuestos, contabilidad, tesorería, subvenciones, informes económicos e incidencias del personal adscrito y correspondencia.
  2. Organizar y controlar el Archivo General del Servicio de Deportes: registro de entrada y salida, libro de actas, clasificaciones y organización de documentos.
  3. Organizar y supervisar la adquisición y el buen uso del material de oficina.
  4. Atender al público y facilitar cualquier información requerida, puesta a su disposición por los coordinadores de las áreas.
  5. Organizar, tramitar y supervisar las tareas de inscripción en los programas de competiciones y actividades organizadas por el Servicio de Deportes.

REFORMA DEL REGLAMENTO

Artículo 15

  1. Toda propuesta de reforma del presente reglamento requerirá la presentación de una exposición de motivos y el informe de la Comisión Delegada de Junta de Gobierno de Educación Física y Deportes.

DISPOSICIONES FINALES

  1. El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por la Junta de Gobierno.
  2. Este Reglamento queda sujeto a las posibles modificaciones futuras que sufran los Estatutos de la Universidad de La Laguna.

 

Versión vigente
v1.0Esta es la única versión disponible

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