Doctorado en Ingeniería Náutica, Marina y Radioelectrónica Naval (interuniversitario)

Seguimiento del doctorando

Composición de la Comisión Académica Interuniversitaria del Programa de Doctorado.

Exponer las directrices para la designación de los miembros de la Comisión Académica del Programa, indicando los miembros que se proponen para la primera comisión.

El Programa de Doctorado en Ingeniería Náutica, Marina y Radioelectrónica Naval dispondrá de una Comisión Académica con las características que establecen tanto el artículo 8.3 del RD 99/2011 como la normativa de las universidades participantes.

Los miembros de la Comisión Académica serán doctores con experiencia investigadora reconocida, que hayan dirigido, al menos, una tesis doctoral y puedan justificar la posesión de al menos un período de actividad investigadora reconocido de acuerdo a las previsiones del Real Decreto 1086/1989, o méritos equivalentes en el caso de que no sea aplicable el citado criterio de evaluación. Podrán ser miembros de la Universidad de Cantabria o de Organismos Públicos de Investigación o de otras entidades e instituciones implicadas en la I+D+i tanto nacional como internacional.

Teniendo en cuenta las consideraciones anteriores, se propone como miembros de la Comisión Académica del Programa de Doctorado en Ingeniería Náutica, Marina y Radioelectrónica Naval a los siguientes profesores.

Las funciones de la Comisión Académica del Programa, entre otras, son las siguientes:

1. Responsabilidad de las actividades de formación e investigación del programa de doctorado.

2. Asignación de tutores a los doctorandos del programa de doctorado correspondiente y modificación de los mismos, en cualquier momento del período de realización del doctorado, si concurren causas justificadas.

3. Asignación de directores de tesis a los doctorandos del programa de doctorado correspondiente y modificación de los mismos, en cualquier momento del período de realización del doctorado, si concurren causas justificadas.

4. Regulación de actividades de interés para la formación de los doctorandos del programa de doctorado correspondiente, que se unirá a las que regulen las Universidades participantes a través de sus Escuelas de Doctorado.

5. Evaluación con carácter anual, al menos, del Plan de investigación y el documento de actividades de los doctorandos del programa de doctorado correspondiente, así como de los informes de sus tutores y directores de tesis.

6. Decisión sobre la continuidad o no en el programa de los doctorandos de ese programa de doctorado, que deberá ser motivada. En caso de evaluación negativa, en un plazo de seis meses deberá evaluarse de nuevo al doctorando, quien deberá presentar un nuevo plan de investigación. En caso de evaluación negativa, el doctorando causará baja definitiva en el programa.

7. Evaluación de la idoneidad de las tesis doctorales presentadas por los doctorandos del programa correspondiente. También deberán evaluarse las actividades de formación llevadas a cabo por el doctorando. Dicha evaluación positiva será condición necesaria para proceder al acto de defensa de la Tesis Doctoral.

8. Determinación de las circunstancias excepcionales que afecten a la no publicidad de determinados contenidos de la tesis, según consta en el apartado 6 del Artículo 14 de RD 99/2011.

9. Autorización para que las tesis presentadas por los doctorandos del programa de doctorado correspondiente puedan concurrir a la mención internacional.

10. Emisión de informes sobre las solicitudes de incorporación y baja de los investigadores como miembros del programa de doctorado, para elevarlas a la aprobación del Comité de Dirección.

Procedimiento utilizado por la correspondiente comisión académica interuniversitaria para la asignación del tutor y director de tesis del doctorando.

a) Procedimiento utilizado por la Comisión pertinente para la asignación del tutor.

Una vez que el alumno haya sido admitido al programa de doctorado, la Comisión Académica responsable del mismo le asignará un tutor, que deberá ser un doctor con acreditada experiencia investigadora, ligado a las Escuelas de Doctorado participantes en el proyecto, a quien corresponderá velar por la interacción del doctorando con la comisión académica.

La Comisión Académica, oído el doctorando, podrá modificar el nombramiento del tutor del doctorando en cualquier momento del periodo de realización del doctorado, siempre que concurran razones justificadas.

En el plazo máximo de seis meses desde su matriculación, la comisión académica responsable del programa asignará a cada doctorando un director de tesis doctoral que podrá ser coincidente o no con el tutor previamente referido. Dicha asignación podrá recaer sobre cualquier doctor español o extranjero, con acreditada experiencia investigadora, con independencia de la universidad, centro o institución en que preste sus servicios.

La comisión académica, oído el doctorando, podrá modificar el nombramiento de su director de tesis doctoral, en cualquier momento del periodo de realización del doctorado, siempre que concurran razones justificadas.

b) Procedimiento de nombramiento del Director de tesis.

Se presentará a la Comisión Académica para su valoración:

  • Un proyecto de tesis doctoral, que deberá ser original y que deberá estructurarse en: antecedentes, hipótesis, objetivos razonados, metodología y plan de trabajo.
  • Curriculum vitae resumido (últimos 6 años) del director/directores del proyecto, haciendo mención expresa de las publicaciones y de las Tesis Doctorales dirigidas en ese periodo.
  • La Comisión Académica analizará las evidencias documentales de que la línea de investigación dispondría de recursos suficientes. Para ello se adjuntará la carta de concesión de la ayuda o ayudas oficiales al grupo de investigación, donde deberá estar claramente visible el título del proyecto, el nombre del investigador principal, la referencia y la duración del proyecto.
  • Cuando no exista financiación a la línea de investigación en los últimos 4 años, el solicitante podrá exponer y razonar todas aquellas circunstancias que a su juicio respaldan la calidad y la viabilidad del proyecto de investigación presentado.

Procedimiento para el control del documento de actividades de cada doctorando y la certificación de sus datos.

Todos las actividades formativas llevadas a cabo por cada doctorando del presente programa en su universidad serán registradas por las Escuelas de Doctorado participantes en el proyecto en formato de CARPETA DIGITAL, el cual constituirá el documento de actividades del doctorando (DAD). En esta carpeta, el alumno deberá introducir, en formato Pdf, todos los documentos que acrediten su asistencia a cursos de metodología avanzada, talleres, seminarios científicos, conferencias, congresos, jornadas de doctorado, etc., las Escuelas de Doctorado deberán tener de sus investigadores en formación el original o fotocopia compulsada de cada uno de estos documentos.

La Comisión Académica del Programa, revisará al final de cada curso el DAD de los doctorandos.

Además, las Escuelas de Doctorado deberán incorporar a esta carpeta todas las calificaciones que reciba sobre los investigadores en formación, por parte de los profesores responsables de las actividades formativas, transversales y específicas, del programa de doctorado. En relación a las estancias en centros de investigación extranjero, se tendrá en cuenta los informes realizados por los responsables del doctorando durante la estancia.

El seguimiento del doctorando se llevará a cabo de forma directa por el Director y el Tutor de la Tesis, a partir de la revisión mensual del DAD y de los encuentros presenciales con el doctorando.

Así mismo, el DAD constituirá un elemento imprescindible en los diferentes procedimientos de evaluación (al menos anuales), , lectura de tesis, etc..,) a lo largo de su doctorado.

A requerimiento del alumno y con el VºBº del tutor o el director de tesis, las Escuelas de Doctorado participantes podrán certificar las actividades realizadas por el alumno en el transcurso del periodo predoctoral.

El director y el tutor de la tesis podrán contar con el asesoramiento de la Comisión Académica Interuniversitaria y de profesores externos expertos en el tema de investigación para realizar tareas de seguimiento del doctorando y documentar sus actividades y progresos.

En la evaluación anual de las actividades realizadas por estudiantes a tiempo parcial se tendrá en cuenta las condiciones especiales que concurren en dichos estudiantes en cuanto a disponibilidad de tiempos y horarios para realizar determinadas actividades.

Previsión de las estancias de los doctorandos en otros centros de formación nacionales e internacionales, co-tutelas y menciones internacionales.

En términos generales, se potenciará la formación del estudiante en otros centros de investigación y/o la participación de expertos externos en el proceso de revisión del plan de investigación y resultados alcanzados.

Programas de procedencia: un número creciente de doctorandos ha realizado su tesis obteniendo la mención en Doctorado Europeo o Internacional.

Es objetivo del Programa propuesto incrementar el porcentaje de tesis con esta mención.