Tesis Doctoral

La tesis doctoral consistirá en un trabajo original de investigación elaborado por el candidato/a en cualquier campo del conocimiento. La tesis debe capacitar al doctorando/a para el trabajo autónomo en el ámbito del I+D+i.

La tesis podrá ser desarrollada y, en su caso, defendida, en los idiomas habituales para la comunicación científica en su campo de conocimiento.

[Art. 13 del RD99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, BOE, nº 35, 10-02-2011 y Art. 23 del Acuerdo 2/CG 25-07-2017 por el que se aprueba el Reglamento de Enseñanzas oficiales de Doctorado de la Universidad de La Laguna].

El tribunal que evalúe la tesis doctoral se compondrá de acuerdo con los requisitos fijados por la Universidad.

La totalidad de los miembros que integren el tribunal deberán estar en posesión del título de Doctor/a y contar con experiencia investigadora acreditada. En todo caso el tribunal estará formado por una mayoría de miembros externos a la Universidad y a las instituciones colaboradoras en la Escuela o programa.

Para la designación del tribunal deberá tenerse en cuenta lo siguiente:

  1. Deberá estar formado por tres miembros titulares: presidente, secretario/a y un vocal, así como dos suplentes. De los miembros titulares uno/a deberá pertenecer a la ULL y los/as otros/as dos deben ser externos/as a la misma y a las instituciones colaboradoras en la EDEPULL. En los/as suplentes se incluirá uno de la ULL y otro perteneciente a instituciones externas a ésta que no colaboren con la EDEPULL. El primero suplirá la posible baja del miembro titular del tribunal perteneciente a la ULL, y el segundo, la ausencia de cualquiera de los otros miembros titulares. >
    Las entidades con convenio colaboradoras en la EDEPULL y por lo tanto a efectos del RD 99/2011 se consideran miembros internos para la configuración del tribunal de tesis son: IAC, CSIC, Fundación Canaria de Investigación Sanitaria (Funcanis), Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria, Unidad de Investigación del Hospital Universitario de Canarias.
  2. La totalidad de los miembros que integren el tribunal deberán estar en posesión del título de Doctor/a y contar con experiencia investigadora acreditada, según establezca la Comisión del programa de doctorado, y que deberán incluir, al menos, los requisitos que se establecen para ser Director/a de tesis.
  3. En ningún caso podrán ser miembros del tribunal ni los directores/as y codirectores/as de la tesis ni los/as tutores/as del doctorando/a, salvo en aquellas tesis en cotutela en las que se así establezca en el correspondiente convenio.
  4. El presidente del tribunal será el miembro de mayor categoría académica y antigüedad en dicha categoría.
  5. Excepcionalmente, el tribunal titular podrá estar constituido por más de dos miembros externos, siempre y cuando se acredite que se cuenta con financiación complementaria para afrontar los gastos de desplazamiento y alojamiento de cada miembro externo adicional.

Nota: Los doctores externos a la ULL que vayan a formar parte del tribunal de tesis deben acceder a la Guía para obtener credenciales para acceder a Sede Electrónica para los miembros de Tribunal y Directores/as de Tesis ajenos a la ULL

El título de Doctor o Doctora podrá incluir en su anverso la mención “Doctorado Internacional”, siempre que concurran las siguientes circunstancias:

  1. Que, durante el periodo de formación necesario para la obtención del título de Doctor/a, el doctorando/a haya realizado una estancia mínima de tres meses fuera de España en una institución de enseñanza superior o centro de investigación de prestigio, cursando estudios o realizando trabajos de investigación. La estancia y las actividades han de ser avaladas por la dirección de la tesis y autorizadas por la Comisión académica, y se incorporarán al documento de actividades del doctorando/a.
  2. Que parte de la tesis doctoral, al menos el resumen y las conclusiones, se haya redactado y presentado en una de las lenguas habituales para la comunicación científica en su campo de conocimiento, distinta a cualquiera de las lenguas oficial o cooficiales de España. Esta norma no será de aplicación cuando las estancias, informes y expertos procedan de un país de habla hispana.
  3. Que la tesis haya sido informada por un mínimo de dos personas expertas Doctoras pertenecientes a alguna institución de Educación Superior o instituto de investigación no española.
  4. Que al menos una de las personas expertas perteneciente a alguna institución de Educación Superior o centro de investigación no española, con el título de Doctor o Doctora, y distinto del responsable de la estancia mencionada en el párrafo a), haya formado parte del tribunal evaluador de la tesis.

Los requisitos 1 y 3 deben estar finalizados antes de depositar la tesis. Estos trámites se realizan a través de la sede electrónica: Trámites previos para solicitar la mención internacional en el título de Doctor/a

Se otorgará la mención “Doctorado Industrial” siempre que concurran las siguientes circunstancias:

  1. La existencia de un contrato laboral o mercantil con el doctorando/a. El contrato se podrá celebrar por una empresa del sector privado o del sector público, así como por una Administración Pública.
  2. El doctorando/a deberá participar en un proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental que se desarrolle en la empresa o Administración Pública en la que se preste el servicio, que no podrá ser una universidad. El proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental en el que participe el doctorando o doctoranda tiene que tener relación directa con la tesis que realiza. Esta relación directa se acreditará mediante una memoria que tendrá que ser visada por la Universidad.

En el caso de que el proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental se ejecute en colaboración entre la Universidad y la empresa o Administración Pública en la que preste servicio el doctorando o doctoranda, se suscribirá un convenio de colaboración marco con/entre las partes. En este convenio se indicarán las obligaciones de la Universidad y las obligaciones de la empresa o Administración Pública, así como el procedimiento de selección de las personas doctorandas. El doctorando o doctoranda tendrá un tutor o tutora de tesis designado por la Universidad y un responsable designado por la empresa o Administración Pública, que podrá ser, en su caso, Director/a de la tesis de acuerdo con la normativa propia de Doctorado.

Podrán optar por la presentación de la tesis en modalidad de compendio de publicaciones aquellos doctorandos/as que, previamente a la presentación de su tesis y con la autorización expresa de su director o directora, tengan publicados o aceptados para su publicación con fecha posterior a la de su matriculación en el programa de doctorado, un número mínimo de tres artículos con unidad temática en revistas científicas que figuren en la relación de revistas del Journal Citations Reports o estén indexadas en bases de reconocido prestigio, tales como Scopus, Latindex o similares. También se admitirán a estos efectos, artículos en revistas no indexadas pero que sean de especial relevancia para su área o áreas afines, y que tengan relación con lo especificado en su plan de investigación, debiendo en este caso adjuntarse informe motivado de la Comisión Académica que avale dicha relevancia.

La presentación de una tesis bajo esta modalidad deberá atenerse a lo siguiente:

  1. Debe incluir una introducción general en la que se presenten los trabajos y se justifique la unidad temática, así como un resumen global de los objetivos de la investigación, de la metodología aplicada, de los resultados obtenidos, de la discusión de estos resultados y de las conclusiones finales.
  2. Entre la introducción y el resumen mencionados, o bien como anexos, deberá figurar una copia completa de los trabajos donde consten necesariamente los datos personales de todos los autores y las autoras, así como la referencia completa de la revista en la que los trabajos han sido publicados o, en su caso, la carta de aceptación.
  3. En el momento que se haga el depósito de la tesis, se presentará en la EDEPULL la siguiente documentación:
    • Autorización del director/a de la tesis para su presentación en esta modalidad.
    • Documento acreditativo del índice de impacto de las publicaciones de que consta la tesis o en su defecto aquel que acredite la relevancia del artículo dentro de la rama de conocimiento correspondiente.
    • Si se da el caso que alguno de los trabajos presentados se ha realizado en colaboración con otros investigadores/as que no sean los directores/as de la tesis, deberá presentarse documento en el que el Director/a declare expresamente que la parte fundamental del trabajo recogido en los artículos ha sido realizada por el autor/a de la tesis. Asimismo, deberá constar documento en el que los otros autores/as identificados/as como responsables de la publicación manifiesten su anuencia a que se empleen los artículos correspondientes para la presentación de la tesis bajo esta modalidad.
    • Se deberá incorporar al expediente de depósito de tesis la solicitud de presentación de tesis doctoral por modalidad de compendio de publicaciones:
  4. Los artículos que integren una tesis de esta modalidad no podrán ser incluidos como parte de ninguna otra.
  5. En ningún caso los coautores/as de los trabajos presentados podrán ser propuestos como miembros del tribunal que ha de juzgar la tesis.

La EDEPULL llevará un registro de los artículos presentados como soporte de tesis doctorales en la modalidad de compendio de publicaciones, a los efectos de lo dispuesto en este artículo.

En el marco de los estudios de doctorado puede desarrollarse un procedimiento de cotutela de tesis doctoral entre la ULL y una universidad extranjera, con el objetivo de crear y desarrollar la cooperación científica entre equipos de investigación de ambas instituciones y facilitar la movilidad de los doctorandos/as.

El procedimiento de cotutela deberá cumplir los siguientes requisitos:

  1. Las modalidades de admisión al doctorado, depósito y defensa de la tesis doctoral serán las mismas que rijan en la normativa de doctorado de la universidad correspondiente.
  2. Los candidatos y las candidatas a la preparación del doctorado en cotutela efectuarán su trabajo bajo el control y la responsabilidad de un director/a de tesis en cada una de las universidades interesadas.
  3. Cada cotutela de tesis se desarrollará en el marco de un convenio específico entre las dos universidades interesadas, implicando el principio de reciprocidad. En virtud del convenio, cada institución reconocerá la validez de la tesis doctoral defendida en este marco y se establecerá cuál de ellas procederá a expedir el título de doctor/a, reconociendo dicho título la otra.
  4. El doctorando o la doctoranda inscribirá el título de la tesis en cada una de las dos universidades, y en el convenio que se suscriba deberá contemplarse que el pago de los derechos de matriculación y expedición del título sólo se efectuará en una de ellas.
  5. El tiempo de preparación de la tesis se repartirá entre las dos universidades. La estancia en ninguna de ellas será inferior a seis meses y podrá realizarse de una sola vez o en varios periodos.
  6. La publicación, explotación y protección de los resultados de la investigación realizada serán aseguradas por las dos instituciones de acogida del doctorando/a conforme a los procedimientos específicos de cada país.
  7. La tesis será objeto de una defensa única en cualquiera de las dos universidades. Esta disposición deberá ser objeto de una cláusula recogida en el convenio firmado por las dos instituciones.
  8. El tribunal ante el que debe defenderse la tesis será designado de común acuerdo entre las dos universidades, y su composición se atendrá a la legislación en vigor de la universidad en la que se defienda la tesis doctoral. La financiación de los gastos derivados de la actuación del tribunal se concertará en el convenio específico firmado entre las dos universidades.
  9. Si las lenguas oficiales de las dos universidades son diferentes, la tesis será redactada en una de las dos lenguas, o en su defecto en inglés, y complementada por un resumen escrito en la otra, que incluirá las conclusiones.
  10. La EDEPULL velará por el cumplimiento de los acuerdos establecidos en el convenio de las tesis doctorales desarrolladas en régimen de cotutela internacional.

Modelo de Convenio de cotutela

 

Teseo

Bases de Tesis Doctorales

Biblioteca Digital de la ULL: se pueden consultar tesis leídas desde enero de 1987.

  • Catálogo de tesis y tesinas de la ULL
  • Recursos sobre tesis

Página de TESEO en el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes: contiene las tesis defendidas en todas las universidades del estado español.

Por Resolución del Rector de la Universidad de La Laguna, del 19 de diciembre de 2013, sobre la concesión de la mención de Cum Laude en las Tesis Doctorales, la Escuela de Doctorado y Estudios de Posgrado hará pública la relación de las Tesis defendidas merecedoras de dicha mención.